Para el efecto, se propone que el Tribunal pueda realizar la unificación de jurisprudencia, a través de la revisión discrecional de las decisiones adoptadas por los jueces de garantías y de la facultad de proferir sentencias interpretativas.
Este Tribunal podrá desplazar discrecionalmente a cualquier juez de garantías y será a su vez juez de garantías en las investigaciones o procesos penales que se adelanten contra aforados constitucionales y contra cualquier otra persona que le sea asignada por la ley. También está previsto que el Tribunal pueda realizar eventualmente el control de las acusaciones que presente la Fiscalía General de la Nación.
Una de las características del Tribunal es la forma como son designados sus magistrados, y en donde se combinan diversos sistemas de elección. Esencialmente los miembros de este nuevo Tribunal serán elegidos por la Corte Suprema de Justicia de una terna que será conformada a través de un sistema de oposición o concurso. Este sistema asegura tanto la elección por méritos, como la independencia de la rama judicial.
Sobre este segundo proyecto de ley Montealegre afirmó que “una de la fallas del sistema acusatorio es que no existe un organismo al interior de la estructura judicial penal colombiana que unifique la jurisprudencia, y los criterios de interpretación de los derechos fundamentales dentro del proceso penal, esta labor la cumple excepcionalmente la Corte Constitucional a través del control abstracto de constitucionalidad, o través de la tutela, la Corte Suprema de Justicia a través de la casación, pero no existe en Colombia un órgano que le de coherencia a la justicia y a la unificación de las decisiones que toman los jueces de control de garantías, en el país, entonces como un paso más a la teoría de la irradiación de los derechos fundamentales dentro del proceso penal que es una de las características del derecho constitucional y penal moderno, se propone la creación de un Tribunal de garantías dentro del proceso penal”.
Según la Fiscalía, se pretende ampliar las protecciones a las garantías constitucionales y a la protección de derechos fundamentales. Así mismo, fortalece el sistema acusatorio y lo extiende en la mayor medida posible a los casos en los cuales aún no tenía aplicación. De igual forma robustece el sistema de precedentes de la justicia ordinaria, a través de la figura de las sentencias de unificación, de las decisiones interpretativas y de la posibilidad de modular los fallos.
Este Tribunal podrá desplazar discrecionalmente a cualquier juez de garantías y será a su vez juez de garantías en las investigaciones o procesos penales que se adelanten contra aforados constitucionales y contra cualquier otra persona que le sea asignada por la ley. También está previsto que el Tribunal pueda realizar eventualmente el control de las acusaciones que presente la Fiscalía General de la Nación.
Una de las características del Tribunal es la forma como son designados sus magistrados, y en donde se combinan diversos sistemas de elección. Esencialmente los miembros de este nuevo Tribunal serán elegidos por la Corte Suprema de Justicia de una terna que será conformada a través de un sistema de oposición o concurso. Este sistema asegura tanto la elección por méritos, como la independencia de la rama judicial.
Sobre este segundo proyecto de ley Montealegre afirmó que “una de la fallas del sistema acusatorio es que no existe un organismo al interior de la estructura judicial penal colombiana que unifique la jurisprudencia, y los criterios de interpretación de los derechos fundamentales dentro del proceso penal, esta labor la cumple excepcionalmente la Corte Constitucional a través del control abstracto de constitucionalidad, o través de la tutela, la Corte Suprema de Justicia a través de la casación, pero no existe en Colombia un órgano que le de coherencia a la justicia y a la unificación de las decisiones que toman los jueces de control de garantías, en el país, entonces como un paso más a la teoría de la irradiación de los derechos fundamentales dentro del proceso penal que es una de las características del derecho constitucional y penal moderno, se propone la creación de un Tribunal de garantías dentro del proceso penal”.
Según la Fiscalía, se pretende ampliar las protecciones a las garantías constitucionales y a la protección de derechos fundamentales. Así mismo, fortalece el sistema acusatorio y lo extiende en la mayor medida posible a los casos en los cuales aún no tenía aplicación. De igual forma robustece el sistema de precedentes de la justicia ordinaria, a través de la figura de las sentencias de unificación, de las decisiones interpretativas y de la posibilidad de modular los fallos.