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Planeación Nacional pasa lupa a 381 proyectos de regalías

Foto: Departamento Nacional de Planeación
Los 381 proyectos evaluados están ubicados en 26 departamentos y más de 200 municipios, como parte de la agenda de seguimiento en territorio a las inversiones del Gobierno.​

Durante el primer trimestre de 2026 el Departamento Nacional de Planeación (DNP) visitó, a través de la Subdirección General del Sistema General de Regalías, 26 departamentos y más de 200 municipios, como parte de su agenda de control y seguimiento en territorio de las inversiones del Gobierno.

Las visitas son lideradas por personal técnico de la Dirección de Seguimiento, Evaluación y Control, que cada semana se desplaza a las regiones para verificar la información sobre el avance físico y financiero de las obras que las entidades ejecutoras deben reportar de forma obligatoria y periódica.

Los proyectos visitados representan una inversión total de 4,4 billones de pesos, de los cuales 4,1 billones de pesos corresponden a recursos del Sistema General de Regalías (SGR), es decir, el 94% de la inversión.

Para el subdirector general del SGR, Rubín Ariel Huffington Rodríguez, la transparencia en el Sistema General de Regalías se garantiza con seguimiento permanente en territorio.

“Cada proyecto que revisamos es una oportunidad para proteger los recursos públicos y asegurar que lleguen a la gente”, dijo Huffington.

El equipo de Planeación realizó en el primer trimestre de 2026 visitas a 381 proyectos financiados con regalías.

“En el DNP utilizamos todas las herramientas disponibles para hacer seguimiento al uso de los recursos y prevenir irregularidades que afecten el desarrollo de los territorios”, manifestó el subdirector general del SGR.

Próximamente el DNP presentará los resultados de las visitas de seguimiento y se anunciarán las acciones a tomar ante los proyectos en los que se identifiquen presuntas irregularidades que pueden comprometer el uso adecuado del dinero público.

El DNP reafirma su compromiso de trabajar en las regiones para vigilar el desarrollo de proyectos eficientes, eficaces, pertinentes y sostenibles que resuelvan las necesidades de las comunidades.

Presidente Petro anuncia medidas contra las EPS ineficientes: les quitará la licencia de salud

El presidente Gustavo Petro anunció que próximamente
se adoptarán otras medidas para fortalecer el sistema
preventivo de salud de su administración. 
El mandatario reiteró este lunes que “es mentira que aquí hay un caos en salud: se llaman determinantes sociales de la salud, según la ley, tiene que ver con el agua potable, que mejoramos; tiene que ver con la nutrición de los colombianos, que mejoramos; tiene que ver con el aire, que solo se puede mejorar si cambiamos a transporte eléctrico, etc.".

En alocución transmitida por radio y televisión, el jefe de estado anunció la aplicación de una figura legal hasta ahora no utilizada: “Este Gobierno a las más malas EPS les quita la licencia de salud. Nadie sabe que esto existe, no lo hemos hecho hasta ahora, pero debe ser una decisión de la Supersalud".

Explicó que, constitucionalmente, el Presidente de la República es el encargado de la vigilancia de la salud pública, “que se pueda delegar en la Superintendencia, pero es una función constitucional del presidente", insistió.

Agregó que se va a aplicar esa medida, pero no con fines retaliatorios. “Se quita la licencia en salud a lo peor que tengamos, no voy a vengarme, pero se quita la licencia de salud, por las razones que sabemos: las EPS no sirven para mejorar la salud en Colombia si son aseguradoras financieras. Nosotros les ofrecimos que fueran gestoras de salud, pagas por unos servicios, no intermediarias".

En ese sentido, sostuvo que ser intermediarias “es el efecto negativo más grande sobre la población colombiana, y eso se llama falta de trámite: demorar las citas y las cirugías para mantener el dinero rentando, y cuando les toca gastar entonces demoran el pago, por eso se llaman EPS".

Entonces, aseguró el presidente Petro, “la mayor causa que ve la sociedad colombiana de ineficiencia en la salud, no es responsabilidad del Gobierno".

​ADRES pa​​gará por los medicamentos

La otra media que anunció es que la Adres (Administradora de los Recursos de la Salud) se encargará de pagar directamente los medicamentos para evitar la intermediación de las EPS.

Ministro de Salud (Guillermo Alfonso Jaramillo), usted hizo una propuesta que no veo ejecutando, y es que Adres paga en cualquier farmacia las medicinas que los enfermos lleven a la farmacia, si no se la entrega el gestor farmacéutico, paga directamente a la farmacia, cualquiera, grande, chiquita, Drogas La Rebaja o cualquier otra", dijo.

Eso implica que “se acabó la manipulación y el sabotaje en medicinas, como se acaba el que no les den cita a los pacientes en las EPS: ya les dan la cita demasiado tarde, cuando se trata de cáncer, y esa es otra medida que vamos a tomar. Entonces, deja de comprarse medicamentos a los gestores farmacéuticos, subasta invertida por molécula".

Significa, según explicó, que dos o más hospitales se pueden juntar para comprar las medicinas, pero si se juntan hay un poder del demandante de medicinas, porque esa “subasta invertida permite bajar precios de monopolio y especulación con las medicinas, que están matando ciudadanos. Esos son asesinos, vampiros de la salud, entonces este tipo de medidas, más otras que hemos ya analizado, serán los que se tomen ya inmediatamente por el gobierno nacional".

Estas medidas anunciadas por el mandatario se dieron luego de hacer un análisis de la situación del sistema de salud del país, en el que también destacó las cifras que ha logrado su Gobierno con la salud preventiva que se ha implementado.

En la alocución el mandatario explicó, con cifras, cuál es el problema que más afecta al sistema de salud colombiano. Se refirió a la crisis que afectan a muchas EPS y que se refleja en el número de PQR (peticiones, quejas y reclamos), y en la entrega de medicamentos.

El jefe de Estado anunció medidas inmediatas para enfrentar la situación. En el primer caso, el número de PQR por cada 10 mil afiliados a cada EPS, el presidente mostró el siguiente resultado:

1- Compensar Valle del Cauca, 653,04 PQR por 10 mil afiliados.
2- SOS – 634,44 / 10 mil
3- Famisanar – 590,22 / 10 mil
4- Capital Salud – 580,88 / 10 mil
5 Compensar – 498,14 / 10 mil
6- Salud Total – 491,29 / 10 mil
7- Sura – 477,61 / 10 mil
8- Savia Salud – 453,72 / 10 mil
9 Sanitas – 450,76 / 10 mil
10- Nueva EPS – 442,13 / 10 mil

En total, dijo el presidente, son 17 EPS medidas con este indicador, de las cuales solo una (la Nueva EPS) está intervenida por la Superintendencia Nacional de Salud.

'El mayor responsable del crecimiento de la inflación de marzo fue Enel y no el salario vital': Presidente Petro

El mandatario afirmó a través de su cuenta de X que el principal factor detrás del aumento de la inflación en marzo fue la empresa Enel, y no el salario mínimo.

Esto, al referirse a la multa de $2.847 millones impuesta por la Superservicios por presuntas distorsiones en la formación de precios de la energía en bolsa, que impactaron el costo del servicio para los usuarios.

“Efectivamente el mayor responsable del crecimiento de la tasa de inflación del mes de marzo fue Enel y no el salario vital”, sostuvo el mandatario. ​

Añadió que la empresa “especuló y ha sido sancionada con una multa por la Superintendencia de Servicios”, y solicitó a la embajadora de Colombia en Italia iniciar acciones bajo las leyes de ese país y de la Unión Europea.

“Esto significa un atraco al bolsillo de los colombianos”, afirmó.

El mandatario explicó que, según su análisis, Enel habría distorsionado el precio de la energía eléctrica en bolsa, generando un incremento del 9 % en el costo de la generación para Bogotá en un solo mes.

Asimismo, señaló que el hecho de que la empresa sea generadora, distribuidora y comercializadora en la capital permite que, al no ser anónimas las transacciones en bolsa, se configuren condiciones para fijar precios por encima de los costos reales. “Se establece un precio de monopolio muy por encima de los costos reales”, indicó.

En ese sentido, pidió a la Superintendencia de Industria y Comercio intervenir para “romper el monopolio prohibido por la Constitución”, al considerar que esta situación incrementa los ingresos de la empresa a costa de los usuarios bogotanos.

El presidente también solicitó formalmente a Enel devolver el sobrecosto cobrado a los usuarios en la próxima factura.

Por su parte, la Superservicios explicó que la sanción se fundamenta en la presentación de ofertas de precios que no correspondían a los costos variables del recurso hídrico, pese a que el embalse operaba cerca de su cota máxima sin que esto se reflejara en una reducción de los precios de la energía.

“Estamos fortaleciendo nuestras funciones de inspección, vigilancia y control a las empresas prestadoras para garantizar que no se generen costos ineficientes a los usuarios”, señaló el superintendente de Servicios Públicos, Felipe Durán Carrón.

Finalmente, la entidad reiteró que, en línea con las instrucciones del Gobierno nacional, continuará reforzando la vigilancia para asegurar un mercado transparente, eficiente y con tarifas justas para los ciudadanos.

Minambiente anuncia plan de choque integral contra la minería ilegal en los Farallones de Cali

En atención al llamado de las comunidades del corregimiento La Leonera, zona circundante al Parque Nacional Natural Farallones de Cali, ante posibles afectaciones por minería ilegal, la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (e), Irene Vélez Torres, anunció nuevas medidas para enfrentar este delito ambiental.

“Venimos a atender el llamado de la comunidad respecto a los indicios que han manifestado sobre la presencia de una nueva minería ilegal en la zona. En ese sentido, activamos una hoja de ruta con recorridos de reconocimiento para identificar dónde están las minas y hacer su cierre técnico y definitivo; avanzar en procesos de judicialización y la presencia permanente y coordinada de las Fuerzas Militares y la Policía, con el apoyo en recursos de la Gobernación del Valle”, aseguró la ministra.

Vélez también señaló que Parques Nacionales Naturales adelantará un informe sobre la contaminación por mercurio en las fuentes hídricas y priorizará acciones de remediación ambiental. Asimismo, solicitó a la Alcaldía de Cali verificar que la bocatoma del río no presente trazas de mercurio.

“Hemos decidido que vamos a sostenernos en unos diálogos permanentes, a través de una mesa que ha convocado la Asamblea Permanente y en Movilización contra la minería ilegal. Este Ministerio va a acompañar esa mesa y vamos a trabajar de la mano de las comunidades”, puntualizó la ministra.

Además, la jefe de la cartera ambiental informó que se activarán canales de comunicación diplomática con Ecuador, tras revelarse que, por primera vez, explosivos para la minería ilegal provendrían de ese país.

Los anuncios se realizaron en el marco de la Segunda Mesa Extraordinaria del Consejo Nacional de Lucha contra la Deforestación y otros Crímenes Ambientales (Conaldef), que contó con la participación de la gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro; el secretario de Seguridad de Cali, coronel (r) Javier Garcés Mosquera; el director de Carabineros de la Policía Nacional, brigadier general Carlos Germán Oviedo; el director de Parques Nacionales Naturales, Luisz Olmedo Martínez; las Fuerzas Militares, la Fiscalía General de la Nación y la Procuraduría, entre otras entidades regionales.

Diálogo activo con las comunidades de la Leonera

En un hecho sin precedentes y ante la Asamblea Permanente y en Movilización contra la minería ilegal en los Farallones, en la que participan más de 100 habitantes del Corregimiento de La Leonera, la ministra explicó las medidas acordadas durante la mesa del Conaldef y escuchó las preocupaciones y propuestas de las comunidades.

“Esta visita nos llena de esperanza, porque es la primera vez que el Gobierno, por encima de todas sus actividades, ha tenido la preocupación de venir a nuestra comunidad a escucharnos”, afirmó Jorge Alonso Camacho, habitante del Corregimiento La Leonera.

Buenas noticias para los bosques

Al finalizar su jornada de trabajo en Cali, la ministra anunció la aprobación de 15 proyectos que recibirán recursos del Sistema General de Regalías por más de 271.000 millones de pesos y pondrán en marcha procesos de restauración en 13.437 hectáreas de ecosistemas estratégicos.

Estas iniciativas se concentrarán en la conservación de áreas ambientales en municipios con cobertura boscosa menor al 10 %, la lucha contra la deforestación para el desarrollo forestal y de la biodiversidad, e impactarán a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

MSCI eleva calificación de sostenibilidad de Ecopetrol: ahora es nivel A

MSCI ESG Ratings, uno de los principales sistemas internacionales utilizados por inversionistas y mercados financieros para evaluar el desempeño en sostenibilidad de las compañías, mejoró la calificación de Ecopetrol de BBB a A.

Esta calificación mide la capacidad de las empresas para gestionar riesgos y oportunidades ambientales, sociales y de gobierno corporativo (ESG, por sus siglas en inglés), factores cada vez más relevantes en la toma de decisiones de inversión y en el acceso a capital.

De acuerdo con la evaluación, el resultado favorable se explica principalmente por avances en tres frentes: el fortalecimiento del desempeño en relacionamiento con comunidades, las mejoras en los procesos de salud ocupacional y seguridad industrial, y una mejor valoración en el manejo de controversias.

El resultado constituye una señal positiva de reconocimiento externo sobre la evolución de la gestión de Ecopetrol en estos asuntos, al tiempo que refleja el compromiso de la compañía con una conducta empresarial responsable, transparente y orientada a la generación de valor sostenible a largo plazo, en línea con las expectativas de sus grupos de interés y los desafíos del entorno.

Con esta mejora, Ecopetrol avanza en el fortalecimiento de su gestión en materia ambiental, social y de gobernanza, de manera articulada y consistente, para la consolidación de prácticas que aportan a la sostenibilidad y competitividad de la Compañía.

Procuraduría asume por poder preferente investigación por fiesta en cárcel de Itagüí

En ejercicio del poder preferente, la Procuraduría General de la Nación asumió el proceso disciplinario iniciado por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), por la realización de una fiesta en la Cárcel de Alta y Media Seguridad La Paz de Itagüí, Antioquia.

La decisión fue adoptada tras la visita de la Procuraduría Regional de Instrucción Antioquia, el 9 de abril, al pabellón uno del centro de reclusión, donde habrían ingresado personas no autorizadas para asistir a una celebración el día anterior.

En cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, el ente de control ordenó la remisión inmediata del expediente para su trámite, garantizando el debido proceso y evitando duplicidades disciplinarias, en este caso que inicialmente involucra a 11 servidores públicos del INPEC.

La decisión del Ministerio Público se fundamenta en la Resolución 456 de 2017, particularmente en el criterio de impacto social y connotación pública nacional, conforme al artículo 75 del Decreto Ley 262 de 2000 que establecen el poder preferente y las competencias de la Procuraduría.

El valor del predial no depende del gobierno nacional, los campesinos no se golpean y los alimentos deben pasar.

El presidente Gustavo Petro se refiere a la urgencia de
​levantar el paro por aumento en avalúo catastral
El jefe de Estado le ordenó a la Policía y a las Fuerzas Militares levantar los bloqueos en las carreteras del país para garantizar el paso de los camiones con alimentos, en medio de las protestas relacionadas con el catastro multipropósito.

La instrucción la dio durante el Consejo de Ministros realizado en Ipiales, donde pidió actuar con prudencia, pero con firmeza. “La Constitución lo dice: ni un muerto, ojo, prudencia, pero contundencia. Se liberan las carreteras, es orden del presidente de la República”, afirmó.

El mandatario fue enfático en que el abastecimiento no puede verse afectado. “La comida pasa, porque no voy a dejar morir de hambre y volver a los tiempos de la pobreza de este país”, señaló.

En su intervención, también se refirió a la actualización catastral, tema que ha generado protestas en varias regiones. Explicó que el catastro multipropósito permite contar con información actualizada sobre los predios y aclaró que el valor del impuesto predial no depende del Gobierno nacional.

“Lo que tienen que hacer los alcaldes es bajarle la tasa sobre el avalúo al impuesto predial, que es determinado por la tarifa, no por la base”, indicó.

En ese sentido, insistió en que la definición del predial es competencia de los alcaldes y los concejos municipales. “No es el Gobierno nacional el que fija esa tarifa. Cada municipio sabe cómo es y debe resolverlo a través de acuerdos locales, en asambleas y cabildos abiertos”, afirmó.

El presidente también advirtió sobre lo que considera desinformación en torno a este tema y llamó a dirigir las reclamaciones a las autoridades locales. “Cuando el impuesto lo pone el rico del pueblo, vayan contra el rico del pueblo y pacten”, dijo.
Frente a posibles irregularidades, señaló que las autoridades de control tienen la facultad de actuar.

“Si hay que llevar presos a los alcaldes, los hacemos llevar, no por orden nuestra, porque es de la justicia”, aseguró.
Al mismo tiempo, pidió que las manifestaciones se atiendan sin excesos. “Los campesinos no se golpean, ni se les va a sacar los ojos, ni a meter presos”, subrayó.
Finalmente, el jefe de Estado ordenó al ministro del Interior, Armando Benedetti, reunirse de manera urgente con alcaldes y gobernadores para buscar una salida a las protestas que se han extendido en distintas regiones del país.

Inaugurando radar 3D de última generación en Leticia, el presidente Petro pide ampliar contrato de radares a Nariño y Arauca

La moderna estación del radar 3D en el aeropuerto Alfredo Vásquez Cobo contó con una inversión de $45.287 millones. Foto: Andrea Puentes - Presidencia​​
Leticia (Amazonas). El jefe de Estado le dio la orden al director de la Aeronáutica Civil, Luis Alfonso Martínez Chimenty, durante el acto de inauguración de la estación de un radar 3D de última generación, ubicada en el aeropuerto Alfredo Vásquez Cobo de Leticia, con el fin de fortalecer la seguridad aérea del país y la soberanía nacional en la frontera sur.

​El mandatario recordó que en el 2023 ordenó la instalación de siete radares modernos, de los cuales ya se han instalado tres en Carepa (Antioquia), otro en Cali y el de este jueves 22 de enero, en Leticia.

“Logré licitar estos aparatos. En 2023 gastamos como país 342.000 millones de pesos. No es cualquier cifra. Es una cifra importante. Aquí había unas máquinas viejas y eran apagables", dijo el presidente.

En ese contexto, manifestó que en la actualidad hay dos áreas en el país que necesitan de radares 3D para controlar el narcotráfico.

Nos faltan dos áreas que hoy por hoy pueden cambiar la geografía de los peligros, son esenciales. Por eso he pedido que amplíe el contrato y coloque dos nuevos destinos. Uno de esos es Ipiales o Pasto, ustedes dirán el mejor sitio. El otro es Arauca", aseveró.

A renglón seguido, el presidente Petro explicó por qué es necesario un radar de alta tecnología en Arauca: “En Arauca es indudable que la cocaína llega a Apure (Venezuela), por decenas de vuelos. Salen de Apure en pistas pavimentadas hacia el norte, y llegan de Colombia. Y no veo otra forma de llegar allí que no sea vía aérea".

El presidente realizó una visita a la estación del r​adar 3D del aeropuerto Alfredo Vásquez Cobo, donde fue testigo del funcionamiento de los equipos del sistema.
Agregó que ese radar en Arauca garantiza que haya un mejor aeropuerto en la región para mejorar la seguridad humana y la aeronavegabilidad.

Con relación al radar 3D en Nariño, el mandatario explicó: “Necesitamos un radar de prevención en las alturas del Nudo de las Papas, cerca de la frontera (con Ecuador) para que no haya transferencia de aviones con narcóticos".

“Ahí en Ipiales, sabemos, estamos cerca al mar. La transacción de narcóticos de Colombia hacia Ecuador puede ser por mar, es lo más seguro", recalcó.

El jefe de Estado resaltó que los nuevos radares 3D no son apagables, tal y como él los exigió.

“Lo primero que pedí es que no fueran apagables. Más o menos me han explicado aquí la tecnología de esta modernidad, de esta innovación en materia de radares. Significa es que no son apagables ni aún con un corte de energía eléctrica", indicó.

Normas de obligatorio cumplimiento para proteger datos personales en época electoral

​La protección de los datos personales con fines políticos o electorales es un derecho fundamental de obligatorio cumplimiento, estableció la SIC.
A través de la Circular Externa N​o. 002 de 2026, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en su calidad de Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, impartió instrucciones a partidos y movimientos políticos, candidatas y candidatos, campañas, empresas de marketing electoral y demás sujetos obligados, relacionadas con el debido tratamiento de datos personales con fines políticos o electorales, la garantía de los derechos fundamentales y el cumplimiento de la ley de protección de datos personales en el contexto electoral.

Las instrucciones impartidas por la entidad para el tratamiento de datos durante esta temporada electoral son:

1- Cumplimiento integral del régimen de protección de datos personales. Los actores políticos deben aplicar los principios, derechos y obligaciones establecidos en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1074 de 2015, adoptando medidas técnicas, organizacionales y administrativas acordes con los riesgos asociados al tratamiento de datos personales con fines políticos o electorales.

2- Autorización previa e informada. El tratamiento de datos personales con fines políticos o electorales debe contar con la autorización previa e informada del titular.

3- Acceso a la Política de Tratamiento. Los canales usados para la recolección de información personal —físicos o digitales— deben incluir la Política de Tratamiento de Datos Personales, avisos de privacidad y mecanismos de autorización.

4- Prohibición de recolectar datos sin autorización a través de herramientas digitales. Los actores políticos deben abstenerse de recolectar, incorporar en una base de datos o analizar datos personales a través de cualquier medio, si no cuentan con la autorización previa e informada de su titular.

5- Restricción de grupos y listas. No está permitido agregar a una persona a grupos de mensajería instantánea, listas de distribución o envíos masivos sin su consentimiento previo e informado.

6- Finalidades legítimas. El uso de los datos personales debe limitarse a fines constitucionalmente legítimos y claros.

7- Prohibición de tratar datos sensibles sin autorización expresa. Está prohibido elaborar perfiles basados en la orientación política, sin contar con la autorización previa, explícita e informada del titular, dado el riesgo de discriminación y manipulación.

8- Transparencia en los criterios de segmentación y uso de IA. Los responsables del tratamiento de datos personales deben informar, a petición de los titulares y de forma proactiva, cómo se realizó el tratamiento de sus datos para la entrega de mensajes con contenido político o electoral y, si es del caso, los criterios de segmentación empleados, la fuente de los datos y el uso de inteligencia artificial.

9- Garantías para el ejercicio de derechos. Los mecanismos para conocer, actualizar, rectificar o suprimir datos personales deben ser ágiles, permanentes y tan sencillos como los usados para recolectar la información.

10- Comunicaciones dirigidas solo a miembros y afiliados. Los partidos y movimientos políticos pueden realizar el tratamiento de los datos personales de sus afiliados, miembros y/o seguidores con el fin de mantener comunicación activa con ellos. Estos datos personales no podrán ser suministrados a terceros, sin autorización previa de su titular.

La SIC reiteró que con esta Circular reafirma su compromiso con la garantía de los derechos fundamentales como elemento esencial del sistema democrático de gobierno y su voluntad de contribuir al respeto de las reglas del sistema electoral establecido en la Constitución política.

Gobierno explica medidas para proteger estabilidad en precios de la vivienda

​“Los precios de la vivienda deben informarse en pesos colombianos”, indicaron la superintendente de Industria y Comercio, Cielo Rusinque, y la ministra de Vivienda, Helga María Ri​vas.
El Ministerio de Vivienda publicó para observaciones ciudadanas el proyecto de decreto que armoniza el tope máximo general de la Vivienda de Interés Social (VIS) en 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes, de acuerdo con lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.

Esta medida busca evitar alzas desproporcionadas en el precio de la VIS y proteger la planeación financiera de los hogares.

“El proyecto de decreto no constituye un control de precios", explicó la cartera de Vivienda en un comunicado de prensa y sostuvo que “con este instrumento normativo se busca proteger a las familias compradoras".

También reafirmó que, según la normatividad pertinente, el valor total de la vivienda debe pactarse en pesos colombianos desde el inicio del proceso, sin indexaciones automáticas asociadas al incremento anual del salario mínimo.

De esta manera –consideró–, se evitan incrementos abruptos (como los derivados del aumento del salario mínimo del 23 % para la vigencia 2026) y se limita cualquier ajuste a variables relacionadas con los costos de construcción, siempre respetando lo pactado desde la separación, la promesa de compraventa o el encargo fiduciario.

​Comportamientos contrarios al consumidor

Según el Ministerio, la iniciativa ratifica como comportamientos contrarios a los derechos de los consumidores del sector de vivienda los siguientes:

—No fijar el precio en pesos colombianos
—Dilatar la firma de contratos hacia vigencias futuras para trasladar incrementos del salario mínimo.
—Utilizar cláusulas contractuales que generen desequilibrios en perjuicio del comprador.

Recomendaci​​ones

A su vez, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) advirtió que la publicación de precios de vivienda en salarios mínimos u otras unidades distintas a la moneda legal puede inducir a error o confusión, al no reflejar de manera precisa el valor real del inmueble ni permitir una comparación objetiva entre las ofertas del mercado.

“La información sobre precios debe ser comprensible, clara y verificable, de conformidad con el Estatuto del Consumidor", sostuvo la entidad.

En este sentido, Minvivienda y la SIC reiteraron a la ciudadanía que:

El precio de la vivienda debe informarse en pesos colombianos, de forma clara, completa y precisa. El consumidor solo estará obligado a pagar el valor informado al momento de manifestar su voluntad de compra.

Los precios informados no pueden modificarse por el solo paso del tiempo, pues ello vulnera el derecho a la información y puede constituir una cláusula abusiva.

—En los contratos de adhesión, cualquier cláusula que genere un desequilibrio injustificado en perjuicio del consumidor es ineficaz de pleno derecho.

El citado proyecto de decreto, que estará en consulta pública hasta el 24 de enero de 2026, se puede consultar en el siguiente enlace

Controles para defender los derechos de los consumidores y evitar abusos por aumento del mínimo vital

La Superintendencia de Industria y Comercio reforzará los controles para garantizar los derechos de los consumidores en todo el país. ​

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció estrictos controles para garantizar los derechos de los consumidores y evitar abusos con el aumento de precios de bienes y servicios, en el marco del incremento del nuevo salario vital.

La entidad de vigilancia y control de precios y medidas informó que, a pesar de que en el país rige un modelo de economía social de mercado, conmina a los actores económicos a actuar “con un sentido lógico y racional en la fijación de las condiciones de comercialización de sus bienes y servicios”.

“El modelo económico colombiano no solo reconoce la libre autonomía, la libre iniciativa privada, la responsabilidad social y empresarial, sino que –además– prohíbe la fijación de precios inequitativos (excesivos), el actuar coordinado de los agentes económicos y la influencia indebida que puedan ejercer las asociaciones o agremiaciones en la libre determinación de las condiciones de comercialización con las que cuentan los agentes económicos”, agrega la SIC.

En este sentido, advierte la autoridad de competencia que “estará atenta a evaluar las distintas denuncias y quejas que puedan surgir en el marco de estas funciones”.

Además, recuerda que el Estatuto del Consumidor indica que “el consumidor se encuentra protegido de toda práctica o comportamiento que implique una afectación a su deber de información, la imposición de cláusulas contractuales abusivas o desequilibradas, la materialización de actos de publicidad engañosa, el incumplimiento en materia de garantías, entre otras”.

La Delegatura de Reglamentos Técnicos y de Metrología, que tiene a su cargo la vigilancia de los distintos regímenes de libertad regulada y de control de precios, anunció que reforzó sus acciones para verificar el cumplimiento normativo en sectores estratégicos, como el régimen de precios de medicamentos y de dispositivos médicos, en el que la SIC vigila actualmente un total de 36 mil productos.

Sector vivienda

De otro lado, frente a las inquietudes que han surgido con los precios de las viviendas de interés social por el aumento del salario mínimo vital, la SIC recordó que mediante Circular No. 4 de 2024, se dieron instrucciones precisas al sector constructor para que en las campañas publicitarias y la fijación de precios de los proyectos de vivienda se haga en pesos colombianos, de conformidad a lo expuesto en el artículo 26 de la Ley 1480 de 2011.

La entidad solicitó información a más de 20 constructoras para determinar las condiciones actuales de comercialización de los proyectos inmobiliarios, y verificar el cumplimiento de estas instrucciones.

Presidente Petro pide a la ciudadanía denunciar a empresas que suban irracionalmente sus precios

En un mensaje publicado este lunes en su cuenta de X, el presidente Gustavo Petro informó que la Superintendencia de Industria y Comercio está monitoreando los aumentos de precios que se registran a comienzos de 2026 en todo el país.

“Se actúa ya investigando con la Superintendencia de Industria y Comercio a toda empresa que subestime irracionalmente sus precios al cliente. La ciudadanía puede denunciar esas empresas a la Superintendencia", precisó el mandatario.

Cabe recordar que Go​bierno nacional, a través del Ministerio de Vivienda, publicó para comentarios un borrador de decreto que establece que el valor de las Viviendas de Interés Social (VIS) debe pactarse en pesos y no en salarios mínimos.

El proyecto de decreto mediante el cual “se establece el tope general del valor de la VIS, se armoniza el régimen reglamentario vigente, se fortalecen los derechos del consumidor y se dictan otras disposiciones" generó la reacción del presidente Petro, que salió a defender el incremento del salario mínimo vital.

En otro mensaje de X, el mandatario defendió el incremento del 22,7% y aseguró que “tiene que ver muy poco" con el valor de la VIS. Incluso, dijo que “indexar el precio de la vivienda por el salario vital" es “una aberración económica".

“¿Qué tiene que ver el valor de la vivienda con el salario vital? Muy poco. Una parte del costo laboral es el salario vital, pero el precio de la vivienda depende de sus materias primas, de los intereses para construir, hoy muy altos, del precio de la tierra. Indexar el precio de la vivienda por el salario vital es una aberración económica", puntualizó el jefe de Estado en su mensaje.

En 2025: más de $35.700 millones en sanciones a prestadores de servicios públicos

Durante 2025 la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios impuso multas por más de $35.715 millones a empresas prestadoras de energía, gas, acueducto, alcantarillado y aseo, tras identificar incumplimientos a la regulación y vulneraciones a los derechos de los usuarios. Las sanciones hacen parte de los procesos de inspección, vigilancia y control adelantados por la entidad en todo el país.

Felipe Durán Carrón
Superintendente Servicios Públicos Domiciliarios
Energía y gas: más de $21.712 millones en sanciones

En los servicios de energía eléctrica y gas, las multas superaron los $21.000 millones.

En energía eléctrica se impusieron cinco sanciones, incluida una amonestación, y se resolvieron recursos que dejaron multas por $7.594 millones, asociadas a incumplimientos en indicadores de calidad, fallas en la prestación del servicio, vulneración del debido proceso de los usuarios y/o falta de reporte de información al Sistema Único de Información (SUI).

En el sector del gas, se impusieron 12 sanciones que dejaron multas por $14.118 millones. Las principales causales estuvieron relacionadas con incumplimientos en el mercado mayorista de gas natural, fallas técnicas y vulneraciones al debido proceso, así como infracciones en la distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP), combustible de uso doméstico e industrial.

Acueducto, alcantarillado y aseo: más de $14.000 millones en multas

En acueducto y alcantarillado las sanciones superaron los $7.526 millones, sobre todo por no instalar instrumentos de medición del consumo, errores en la facturación, incumplimiento de la metodología tarifaria y fallas en la calidad del agua para consumo humano.

En el servicio de aseo se impusieron sanciones por más de $6.475 millones, relacionadas con incumplimientos técnicos, fallas en la actividad de aprovechamiento, ausencia de permisos ambientales y reportes deficientes al SUI.

En conjunto las multas del sector de acueducto, alcantarillado y aseo ascienden a más de $14.000 millones.

La Superintendencia reiteró que estas actuaciones buscan garantizar el cumplimiento de la regulación vigente y proteger el derecho de la ciudadanía a recibir servicios públicos con calidad, eficiencia y continuidad

DIAN definió el Calendario Tributario para el año 2026

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dio a conocer el calendario tributario 2026, que establece los plazos y fechas que deberán tener en cuenta todos los contribuyentes, tanto personas naturales como jurídicas, para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales con el fisco nacional.

​​La entidad recordó que con base en el Decreto 2229 de 2023 se definieron los plazos para el cumplimiento de estas obligaciones tributarias del orden nacional en términos de días hábiles.

El Calendario Tributario de 2026 quedó establecido así:

​Impuesto sobre la Renta y Complementarios de grandes contribuyentes

Las personas naturales, jurídicas o asimiladas, los contribuyentes del Régimen Tributario Especial y demás calificados como grandes contribuyentes a la fecha del cumplimiento de la obligación, deberán presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2025 y pagar el valor del impuesto en tres cuotas, de acuerdo con el último dígito del NIT:

- Pago primera cuota: entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de febrero; es decir, entre el 10 y el 23 de febrero de 2026.

- Presentación de declaración y pago segunda cuota: entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de abril; es decir, entre el 13 y el 24 de abril de 2026.

- Pago tercera cuota: entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de junio. Para 2026 será entre el 10 y el 24 de junio.

​Impuesto sobre la Renta y Complementarios personas jurídicas

Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los calificados como grandes contribuyentes, deberán presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2025 y efectuar el pago respectivo en dos cuotas iguales. Para ello, deberán tener en cuenta el último dígito del NIT:

- Presentación de declaración y pago de primera cuota: entre el séptimo y décimo sexto día hábil de mayo: del 12 al 26 de mayo de 2026.

- Pago segunda cuota: entre el séptimo y décimo sexto día hábil de julio: del 09 al 23 de julio de 2026.

En los mismos plazos definidos para las personas jurídicas, las entidades del sector cooperativo del Régimen Tributario Especial también deberán hacer la presentación y el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2025.

​Presencia Económ​ica Significativa – PES en Colombia

Las personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con Presencia Económica Significativa – PES en Colombia que elijan declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta y Complementarios a través del formulario que defina la DIAN, tendrán que hacer pagos anticipados bimestrales el décimo día hábil de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del año subsiguiente, independientemente del último dígito del NIT:

- Enero – febrero: hasta el 13 de marzo de 2026.
- Marzo – abril: hasta el 15 de mayo de 2026.
- Mayo – junio: hasta el 14 de julio de 2026.
- Julio – agosto: hasta el 14 de septiembre de 2026.
- Septiembre – octubre: hasta el 17 de noviembre de 2026.
- Noviembre – diciembre: hasta el 18 de enero de 2027.
La declaración anual de este impuesto tendrá que ser presentada, a más tardar, el décimo cuarto día hábil de abril de 2026. Es decir, el 22 de abril de dicho año.

​Impuesto sobre ​​la Renta y Complementarios de personas naturales y sucesiones ilíquidas

Los plazos para la presentación de la declaración y el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementarios de las personas naturales y las sucesiones ilíquidas correspondientes al año gravable 2025, inician el séptimo día hábil de agosto y finalizan el décimo séptimo día hábil de octubre; es decir, entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.

Las personas naturales residentes en el exterior deben tener en cuenta estos mismos plazos para el cumplimiento de su obligación.

​Actualización d​el Régimen Tributario Especial y presentación de la memoria económica

Quienes pertenecen al Régimen Tributario Especial deben hacer anualmente el proceso de actualización del registro web. La fecha límite para adelantar este trámite es el 30 de junio, independientemente del último dígito del Número de Identificación Tributaria –NIT.

Adicional a lo anterior, deben presentar en la misma fecha la memoria económica si obtuvieron ingresos superiores a 160.000 UVT en el año inmediatamente anterior.

No cumplir a tiempo con estas obligaciones implica la reclasificación en el RUT como contribuyente del Régimen Ordinario.

​Declaración anual de a​ctivos en el exterior

Los grandes contribuyentes, personas jurídicas y personas naturales obligados a presentar la declaración anual de activos en el exterior, y para quienes el valor patrimonial de dichos activos al 1 de enero del año 2026 sea superior a 2000 UVT —es decir, más de $104.748.000—, tendrán los siguientes plazos para cumplir con esta obligación:

- Grandes contribuyentes: de acuerdo con el último dígito del NIT, entre el séptimo y décimo sexto día hábil de abril; es decir, entre el 13 y el 24 de abril de 2026.
- Personas jurídicas: de acuerdo con el último dígito del NIT, entre el séptimo y décimo sexto día hábil de mayo; es decir, del 12 al 26 de mayo de 2026.

- Personas naturales: de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, entre el séptimo día hábil de agosto y el décimo séptimo día hábil de octubre; es decir, entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026.

​Declaración inf​ormativa y documentación comprobatoria de precios de transferencia

Los obligados a la aplicación de las normas que regulan el régimen de precios de transferencia tendrán que presentar la declaración informativa de manera virtual a través de los servicios informáticos de la DIAN, entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de septiembre. Es decir que, en 2026, las fechas de presentación serán del 09 al 22 de septiembre, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

Con respecto a la documentación comprobatoria, vencimientos para enviarla son entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de septiembre; es decir, entre el 09 y el 22 de septiembre para 2026.

Hasta el décimo día hábil de diciembre los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios obligados a aplicar el régimen de precios de transferencia y que cumplan alguno de los supuestos señalados en el numeral 2 del artículo 260-5 del Estatuto Tributario, podrán presentar el informe país por país, independientemente del último dígito del Número de Identificación Tributaria – NIT. Para 2026 la fecha es el 15 de diciembre.

​Impuesto sobre las Ventas – IVA

Los grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales, que sean responsables del Impuesto sobre las Ventas – IVA y que hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a 92.000 UVT a 31 de diciembre del año gravable 2025, es decir por $4.581.508.000, así como los productores y exportadores de bienes y servicios exentos tendrán la obligación de presentar y pagar con una periodicidad bimestral el IVA, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

También corresponderán los mismos plazos a los responsables de IVA por la prestación del servicio telefónico.

Los vencimientos por cada bimestre son:

- Enero – febrero: del séptimo al décimo sexto día hábil de marzo. Para 2026, del 10 al 24 de marzo.
- Marzo – abril: del séptimo al décimo sexto día hábil de mayo. Para 2026, del 12 al 26 de mayo.
- Mayo – junio: del séptimo al décimo sexto día hábil de julio. Para 2026, del 09 al 23 de julio.
- Julio – agosto: del séptimo al décimo sexto día hábil de septiembre. Para 2026, del 09 al 22 de septiembre.
- Septiembre – octubre: del séptimo al décimo sexto día hábil de noviembre. Para 2026, del 11 al 25 de noviembre.
- Noviembre – diciembre: del séptimo al décimo sexto día hábil de enero. Para 2027, del 13 al 26 de enero.

Los prestadores de servicios desde el exterior tendrán la obligación de presentar la declaración bimestral de IVA y pagar el valor de esta en los siguientes tiempos, independientemente del último dígito del NIT:

- Enero – febrero: hasta el décimo día hábil de marzo; es decir, en 2025, hasta el 13 de marzo.
- Marzo – abril: hasta el décimo día hábil de mayo; es decir, en 2025, hasta el 15 de mayo.
- Mayo – junio: hasta el décimo día hábil de julio; es decir, en 2025, hasta el 14 de julio.
- Julio – agosto: hasta el décimo día hábil de septiembre; es decir, en 2025, hasta el 14 de septiembre de 2025.
- Septiembre – octubre: hasta el décimo día hábil de noviembre; es decir, hasta el 17 de noviembre de 2025.
- Noviembre – diciembre: hasta el décimo día hábil de enero de 2025; es decir, hasta el 18 de enero de 2026.

Las personas jurídicas y naturales responsables de IVA, cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2025 sean inferiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000) tendrán la obligación de presentar y pagar la declaración con una periodicidad cuatrimestral, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

Los plazos establecidos para este caso son:

- Enero – abril: entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de mayo; es decir, entre el 12 y el 26 de mayo de 2026.
- Mayo – agosto: entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de septiembre; es decir, entre el 09 y el 22 de septiembre de 2026.
- Septiembre – diciembre: entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de enero; es decir, entre el 13 y el 26 de enero de 2027.

​Impuesto Nacional al Consumo

Los responsables del Impuesto Nacional al Consumo, del Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas y del Impuesto Nacional al Consumo de Cannabis, tienen la obligación de presentar la declaración y hacer el pago con una periodicidad bimestral, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

- Enero – febrero: del séptimo al décimo sexto día hábil de marzo. Para 2026, del 10 al 24 de marzo.
- Marzo – abril: del séptimo al décimo sexto día hábil de mayo. Para 2026, del 12 al 26 de mayo.
- Mayo – junio: del séptimo al décimo sexto día hábil de julio. Para 2026, del 09 al 23 de julio.
- Julio – agosto: del séptimo al décimo sexto día hábil de septiembre. Para 2026, del 09 al 22 de septiembre.
- Septiembre – octubre: del séptimo al décimo sexto día hábil de noviembre. Para 2026, del 11 al 25 de noviembre.
- Noviembre – diciembre: del séptimo al décimo sexto día hábil de enero. Para 2027, del 13 al 26 de enero.

​Retención en la Fuente

Los agentes de retención y/o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios, así como los agentes de retención del Impuesto de Timbre e IVA, tendrán la obligación de declarar y pagar las retenciones y autorretenciones efectuadas en cada mes, de acuerdo con el último dígito del NIT.

Los plazos serán entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de cada mes así:

- Enero: del 10 al 23 de febrero de 2026.
- Febrero: del 10 al 24 de marzo de 2026.
- Marzo: del 13 al 24 de abril de 2026.
- Abril: del 12 al 26 de mayo de 2026.
- Mayo: del 10 al 24 de junio de 2026.
- Junio: del 09 y al 23 de julio de 2026.
- Julio: del 12 al 26 de agosto de 2026.
- Agosto: del 09 al 22 de septiembre de 2026.
- Septiembre: del 09 al 23 de octubre de 2026.
- Octubre: del 11 al 25 de noviembre de 2026.
- Noviembre: del 10 al 23 de diciembre de 2026.
- Diciembre: del 13 al 26 de enero de 2027.

​Impuesto Nacional​ a la Gasolina y al ACPM

El plazo para que los contribuyentes responsables del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM presenten y paguen esta obligación es mensual y será hasta el décimo día hábil de cada mes, indistintamente del número de NIT.

- Enero: hasta el 13 de febrero de 2026.
- Febrero: hasta el 13 de marzo de 2026.
- Marzo: hasta el 16 de abril de 2026.
- Abril: hasta el 15 de mayo de 2026.
- Mayo: hasta el 16 de junio de 2026.
- Junio: hasta el 14 de julio de 2026.
- Julio: hasta el 18 de agosto de 2026.
- Agosto: hasta el 14 de septiembre de 2026.
- Septiembre: hasta el 15 de octubre de 2026.
- Octubre: hasta el 17 de noviembre de 2026.
- Noviembre: hasta el 15 de diciembre de 2026.
- Diciembre: hasta el 18 de enero de 2027.

​Impuesto Nacio​nal al Carbono

La declaración y el pago del Impuesto Nacional al Carbono se realizará con una periodicidad bimestral y el plazo será hasta el décimo día hábil de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero, así:

- Enero – febrero: 13 de marzo de 2026.
- Marzo – abril: 15 de mayo de 2026.
- Mayo – junio: 14 de julio de 2026.
- Julio – agosto: 14 de septiembre de 2026.
- Septiembre – octubre: 17 de noviembre de 2026.
- Noviembre – diciembre: 18 de enero de 2027.

​Régimen Simple de​ Tributación – RST

Quienes se encuentren inscritos en el Régimen Simple de Tributación – RST tendrán la obligación de presentar la Declaración Anual Consolidada entre el décimo primer y el décimo quinto día hábil de abril. Es decir que para el periodo gravable 2025 las fechas de vencimiento serán entre el 17 y el 23 de abril de 2026, de acuerdo con el último dígito del NIT.

Asimismo, los inscritos en el RST que sean responsables del Impuesto sobre las Ventas – IVA, tendrán la obligación de declarar y pagar la Declaración Anual Consolidada del Impuesto sobre las Ventas – IVA entre el décimo primer y el décimo quinto día hábil de febrero. Para cumplir con esta obligación por el año gravable 2025 las fechas serán entre el 16 y el 20 de febrero de 2026, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

Los contribuyentes del RST deben presentar y hacer el pago de anticipos bimestrales del SIMPLE. Las fechas límites serán entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de los meses que corresponda.

En 2026 los periodos y plazos para el cumplimiento de esta obligación son:

- Enero – febrero: del 12 al 26 de mayo de 2026.
- Marzo – abril: del 10 al 24 de junio de 2026.
- Mayo – junio: del 09 al 23 de julio de 2026.
- Julio – agosto: del 09 al 22 de septiembre de 2026.
- Septiembre – octubre: del 11 al 25 de noviembre de 2026.
- Noviembre – diciembre: del 13 al 26 de enero de 2027.

​Impuesto al Patrimonio

Los contribuyentes sujetos al Impuesto al Patrimonio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 292-3 del Estatuto Tributario, que tengan un patrimonio líquido -patrimonio bruto menos las deudas a cargo-, igual o superior a 72.000 UVT ($ 3.770'928.000 año 2026), tendrán la obligación de presentar la declaración y pagar en dos cuotas de 50% cada una, el impuesto a cargo.

La presentación de la declaración y pago de la primera cuota será entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de mayo; es decir, para 2026, entre el 12 y el 26 de mayo.

El pago de la segunda cuota deberá hacerse, a más tardar, el décimo día hábil de septiembre. En 2026 será hasta el 14 de septiembre.

​Impuest​o nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes

Los contribuyentes responsables de este tributo tendrán que declarar y pagar esta obligación por el año gravable 2025 el décimo día hábil de febrero de 2026; es decir, el 13 de febrero.

Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas

La presentación de la declaración y el pago de este impuesto tendrá que efectuarse, con una periodicidad bimestral, el décimo día hábil de los meses que corresponda, independientemente del Número de Identificación Tributaria -NIT.

Para 2026, los vencimientos serán los siguientes:

- Enerofebrero: 13 de marzo de 2026.
- Marzo – abril: 15 de mayo de 2026.
- Mayo – junio: 14 de julio de 2026.
- Julio – agosto: 14 de septiembre de 2026.
- Septiembre – octubre: 17 de noviembre de 2026.
- Noviembre – diciembre: 18 de enero de 2027.

​Actualiza​ción Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB)

Las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares deberán actualizar, de manera electrónica, la información suministrada en el RUB ante cualquier modificación de esta.

De existir modificaciones, se deberá realizar la respectiva actualización en las siguientes fechas del año 2026: 2 de febrero, 4 de mayo, 3 de agosto y 3 de noviembre.

​Valor d​e la UVT para 2026

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – Dian expidió la Resolución 000238 del 15 de diciembre de 2025, en la que se determinó que la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable en 2026 es de $52.374.

Los vencimientos definidos en el Decreto 2229 pueden consultarse en el calendario tributario 2026 aquí: https://www.dian.gov.co/Paginas/CalendarioTributario.aspx

Refuerzan controles en auditoría y pagos para prevenir corrupción.

El FOMAG recuerda que no existe ningún gestor, tercero ni actor externo autorizado para intervenir o influir en la programación o gestión de pagos.​
El Gobierno nacional, a través del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), anunció un paquete de medidas destinadas a reforzar la transparencia, fortalecer la vigilancia y proteger los procesos de auditoría, validación y pago de los servicios de salud del magisterio.

Estas acciones hacen parte de la estrategia de modernización del modelo de salud del magisterio y buscan evitar cualquier intervención irregular de terceros en la gestión de pagos.

Principales medidas anunciadas

• Ampliación de la capacidad de auditoría: se pasa de una a cuatro firmas especializadas, encargadas de revisiones más rigurosas, técnicas y trazables.
• Consolidación de la plataforma HORUS: una herramienta que permite decisiones basadas en información centralizada, depurada y 100 % transparente.
• Fortalecimiento de los procedimientos de giro: con nuevas etapas de verificación para asegurar la integridad del flujo financiero.
• Nueva herramienta transaccional del FOMAG: disponible en la página oficial del Fondo, permitirá a los prestadores consultar el estado de facturas, radicaciones, auditorías, glosas, pagos y procesos en tiempo real, con trazabilidad completa.

En los próximos días, el FOMAG presentará un nuevo canal seguro para denunciar hechos de corrupción, disponible para IPS y cualquier otro actor que identifique irregularidades.

El Gobierno reiteró su compromiso con una operación transparente, eficiente y libre de interferencias, reafirmando que estas medidas buscan blindar los recursos del magisterio, proteger a los maestros y maestras del país, y garantizar un manejo responsable de los recursos públicos.

Gobierno ajusta metodología de ingreso al productor de etanol para reducir el precio del combustible

Con la nueva metodología, el Ministerio de Minas y Energía
espera dis​​minuir presiones de costo y mejorar la
competitividad  del etanol nacional. 
El Gobierno nacional, a través del ministerio de Minas y Energía, publicó para comentarios una nueva metodología para el cálculo del ingreso al productor de etanol carburante, reemplazando el modelo vigente desde hace 13 años.

La actualización abandona referencias como el precio del azúcar y la gasolina, y se basa exclusivamente en los costos reales de producir el biocombustible.

Según las evaluaciones técnicas de la cartera, el nuevo esquema genera un ingreso al productor 9% menor que la metodología anterior. Esto contribuye a disminuir presiones de costo y mejorar la competitividad del etanol nacional.

“Por fin el precio del etanol responderá a sus verdaderos costos. Esta reforma corrige distorsiones históricas. Además, con este proyecto de resolución corregimos un problema silencioso pero profundo: el incentivo al monocultivo en tierras fértiles", destacó sobre el particular el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma Egea.

Palma explicó que “el esquema anterior empujaba a que áreas destinadas históricamente a la producción de alimentos terminaran convertidas en extensiones para un solo cultivo, movidas por precios artificialmente altos del etanol".

Por eso, el titular de la cartera de Minas y Energía resaltó el impacto favorable de la medida: “Hoy enviamos una señal distinta: la tierra fértil debe priorizar la seguridad alimentaria, y el etanol debe producirse con eficiencia, no a costa del campo colombiano".

La propuesta de MinMinas brinda un margen que permite corregir el déficit del fondo de estabilización de los combustibles (FPEC). Con este ajuste el Gobierno avanza en la modernización del sistema de combustibles, la promoción de combustibles más limpios y competitivos frente a presiones de importación extranjera.

La norma estará publicada para comentarios de la ciudadanía y se remitirá a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para recibir desde allí el concepto de competencia.

Consulte el documento haciendo clic en este enlace​

Contratación del Estado superó los $9 billones antes de la Ley de Garantías

La Contraloría General de la República advierte sobre una concentración inusual de contratación interadministrativa registrada el 7 de noviembre de 2025, último día antes de la entrada en vigencia de la Ley de Garantías Electorales. Ese día se comprometieron $6,1 billones, equivalentes al 68% del total contratado en la primera semana de noviembre.

Esta es la primera alerta que emite la Contraloría General, en el contexto de las elecciones legislativas y presidenciales de 2026, y que se deriva del seguimiento a la contratación pública y al gasto estatal durante el periodo electoral, en aplicación de la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales).

Como parte del Modelo Analítico de Seguimiento Preventivo — presentado oficialmente el 10 de noviembre de 2025— se analizó la información reportada en SECOP entre el 1 y el 7 de noviembre de 2025, donde se identificó un comportamiento contractual atípico y altamente concentrado.

Fuente: SECOP - Vigencia del 1 de enero al 7 de noviembre de 2025

Durante los primeros siete días del mes se comprometieron $9,0 billones, una cifra que supera ampliamente los niveles históricos de contratación mensual observados en 2025. De este total, el 7 de noviembre, último día antes del inicio de las restricciones electorales, se suscribieron $6,1 billones, es decir, el 68% de toda la contratación registrada en la semana. Solo este día representa 2,9 veces el promedio mensual registrado entre enero y agosto de 2025 ($2,1 billones), lo que equivale a un incremento del 190% frente al comportamiento histórico previo.

Esta concentración atípica en una sola fecha constituye un indicador crítico de fallas en la planificación y posibles aceleraciones contractuales asociadas al cierre preelectoral.

De acuerdo con la información recogida por la DIARI, el Departamento de Prosperidad Social fue la entidad que tuvo mayor concentración de contratación, con $770 mil millones que equivalen al 8.5% del total de la contratación del Estado. En lo que respecta a los contratos en los departamentos, la entidad se encuentra realizando el análisis de los datos para determinar el valor en cada región.

Fuente: SECOP - Vigencia del 1 al 7 de noviembre de 2025
La DIARI, en articulación con la Contraloría Delegada de Gestión Pública e Instituciones Financieras, adelanta un seguimiento exhaustivo y permanente sobre la caracterización de todos los contratos suscritos durante los meses de septiembre, octubre y los primeros siete días de noviembre, analizando su comportamiento agregado por valor contratado, entidades ejecutoras, modalidades y objetos contractuales.

Este ejercicio permitirá identificar con precisión operaciones sensibles —como actividades logísticas, eventos, suministros y otros tipos de contratación susceptibles de incrementarse en época preelectoral— con el fin de anticipar riesgos, emitir alertas tempranas y garantizar que los recursos públicos no sean comprometidos en contravención de la Ley de Garantías ni destinados a fines distintos al interés general.

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Importante.

Autoridades logran la entrega de la Comisión 34 de las disidencias de las Farc en el Magdalena Medio

Gracias a la presión de las autoridades, se sometieron a la justicia los miembros de la comisión 34 del frente Magdalena Medio de las diside...

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