Acuerdo alcanzado entre las FARC-EP y el GOBIERNO NACIONAL,
acuerdo FUNDAMENTAL para el PROCESO DE PAZ.
Este acuerdo prácticamente sienta las bases para la desmovilización
y la reintegración de los combatientes, también abre el camino para la reconciliación
entre los actores del conflicto.
Con este acuerdo SOLAMENTE se necesita VOLUNTAD de las
partes involucradas para sanar las heridas y emprender un nuevo camino con
mayor posibilidad de vida para todos.
Lo central del
acuerdo:
El fin del conflicto constituye una oportunidad única para
satisfacer uno de los mayores deseos de la sociedad colombiana y de las
víctimas en particular: que se esclarezca y conozca la verdad sobre lo ocurrido
en el conflicto.
El Gobierno Nacional y las FARC-EP hemos alcanzado un acuerdo
para que se ponga en marcha, una vez firmado el Acuerdo Final, la Comisión para
el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No repetición (en adelante la Comisión), será un mecanismo
independiente e imparcial de carácter extra-judicial.
Objetivos
fundamentales.
- Contribuir al esclarecimiento de lo ocurrido,
- Promover y contribuir al reconocimiento.
- Promover la convivencia en los territorios.
El éxito de la Comisión dependerá del compromiso de todos
los sectores de la sociedad con el proceso de construcción de la verdad
Criterios
orientadores:
Los esfuerzos de la Comisión estarán centrados en garantizar
la participación de las víctimas del conflicto
Será un mecanismo imparcial e independiente con plena
autonomía para el desarrollo de su mandato y el cumplimiento de sus funciones.
Será excepcional y funcionará durante un tiempo limitado
Pondrá en marcha un proceso de participación amplia,
pluralista y equilibrada en el que se oirán las diferentes voces y visiones,
Entidad de nivel nacional pero tendrá un enfoque territorial
con el fin de lograr una mejor comprensión de las dinámicas regionales del
conflicto
Tendrá en cuenta las distintas experiencias, impacto
diferencial y condiciones particulares de las personas en razón del sexo,
género, edad, etnia, o situación de discapacidad, Habrá especial atención a la
victimización sufrida por las mujeres.
Coordinará con los mecanismos que se pongan en marcha para
la implementación del Acuerdo Final.
Reglas de
procedimiento: Establecerá previamente procedimientos que aseguren a
quienes participan en ella las debidas garantías, y un trato justo, digno y no
discriminatorio. Los/as comisionados/as no estarán obligados/as a declarar en
procesos judiciales, estarán exentos/as del deber de denuncia, y sus opiniones
y conclusiones no podrán ser cuestionadas judicialmente.
Metodología: adoptará
procedimientos para contrastar y verificar la calidad de la información que
recolecte, incluyendo su confiabilidad, y para identificar la información falsa
que pudiera haber sido suministrada de mala fe a la Comisión.
Mecanismo
extra-judicial: será un mecanismo extra-judicial.
En este sentido, sus
actividades no tendrán carácter judicial, ni podrán implicar la imputación
penal de quienes comparezcan ante ella. La información que reciba o produzca la
Comisión no podrá ser trasladada por esta a autoridades judiciales para ser
utilizada con el fin de atribuir responsabilidades en procesos judiciales o
para tener valor probatorio; ni las autoridades judiciales podrán requerírsela.
Mandato: La
Comisión tendrá como mandato esclarecer y promover el reconocimiento de:
Prácticas y hechos que constituyen graves violaciones a los
derechos humanos y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario
(DIH),
Las responsabilidades colectivas del Estado, incluyendo del
Gobierno, y los demás poderes públicos, de las FARC-EP, de los paramilitares,
así como de cualquier otro grupo, organización o institución, nacional o
internacional que haya tenido alguna participación en el conflicto,
El impacto humano y social del conflicto en la sociedad
El impacto del conflicto sobre el ejercicio de la política y
el funcionamiento de la democracia en su conjunto
El impacto del conflicto sobre quienes participaron
directamente en él
El contexto histórico, los orígenes y múltiples causas del
conflicto,
Los factores y condiciones que facilitaron o contribuyeron a
la persistencia del conflicto,
El desarrollo del conflicto, en particular la actuación del
Estado, de las guerrillas, de los grupos paramilitares y el involucramiento de
diferentes sectores de la sociedad.
Los procesos de fortalecimiento del tejido social en las
comunidades y las experiencias de resiliencia individual o colectiva.
Período objeto de
estudio de la Comisión (ámbito temporal):
Tendrá como ámbito temporal el período del conflicto. Como
ello supone un marco temporal extenso, será necesario que la Comisión
establezca dentro de éste prioridades de su investigación.
Funciones:
Investigar sobre todos los elementos del mandato a través de
las metodologías y formas de recolección y análisis de información que sean
necesarias para tal efecto,
Crear espacios en los ámbitos nacional, regional y
territorial, en especial audiencias públicas temáticas, territoriales,
institucionales, de organizaciones y de situaciones y casos emblemáticos,
Esos espacios podrán incluir escenarios públicos de
discusión y reflexión o ceremonias culturales, para que quienes hayan
participado de manera directa o indirecta en el conflicto, puedan hacer actos
de reconocimiento de responsabilidad y pedir perdón,
Elaborar un informe final que tenga en cuenta los diferentes
contextos, refleje las investigaciones en torno a todos los componentes del
mandato y contenga las conclusiones y recomendaciones de su trabajo.
Orientar a las víctimas y a las comunidades victimizadas que
participen en la Comisión sobre la oferta institucional y otras, para la
satisfacción de sus derechos y los mecanismos para exigirlos.
Adoptar medidas para el archivo de la información
recolectada en el marco de sus funciones y al término de su mandato, tomar las
medidas necesarias para asegurar su preservación.
La Comisión definirá la entidad que será depositaria de
estos archivos y los custodiará.
Rendir cuentas a la sociedad de manera periódica, al menos
semestralmente, sobre las actividades y gestiones desarrolladas para el
cumplimiento de todas sus funciones.
Proceso de
escogencia: Estará conformada por 11 comisionados/as. Para su escogencia se
pondrá en marcha un procedimiento de postulación y selección que ofrezca
garantías de legitimidad, imparcialidad e independencia a toda la sociedad
colombiana y en particular a las víctimas.
Serán elegidos por un comité de escogencia, compuesto por 9
integrantes. El Gobierno y las FARC-EP, de común acuerdo, seleccionarán 6 de
los/as integrantes del comité de escogencia. Los/as 3 integrantes restantes
serán los/as delegados/as de 3 personas u organizaciones que acordemos en la
Mesa.
Presidente/a de la
Comisión: Colombiano/a y será elegido/a de común acuerdo entre el Gobierno
Nacional y las FARC-EP
Duración: 3 años
incluyendo la elaboración del informe final. Contará con 6 meses para preparar
todo lo necesario para su funcionamiento. La publicación del informe final se
realizará durante el mes siguiente a la conclusión de los trabajos de la
Comisión.
Compromisos de
contribución al esclarecimiento
El Gobierno Nacional, como poder ejecutivo, y las FARC-EP se
comprometen a contribuir decididamente en el proceso de esclarecimiento de la
verdad y a reconocer sus respectivas responsabilidades ante la Comisión.
Financiación: El
Gobierno Nacional garantiza la
financiación oportuna de todo el funcionamiento de la Comisión, de tal forma
que pueda cumplir plenamente con su mandato y funciones de manera autónoma e
ininterrumpida, incluyendo la publicación y difusión masiva del informe final.
Comité de seguimiento
y monitoreo a la implementación de las recomendaciones de la Comisión: Se
creará un comité de seguimiento y monitoreo a la implementación de las
recomendaciones de la Comisión que entrará en funcionamiento una vez se haya
publicado el informe final.
Mecanismo de búsqueda
A la terminación del conflicto es necesario multiplicar los
esfuerzos de búsqueda, ubicación, identificación y recuperación de restos de
personas muertas o dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del
conflicto, bajo cualquier circunstancia.