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Inscripción de víctimas y sus organizaciones a nivel nacional ante el ministerio público, antes del último día hábil de marzo.

En todos los municipios y departamentos se debe estar dando este proceso.


EL PERSONERO MUNICIPAL DE RICAURTE – CUNDINAMARCA
C O N V O C A


A LAS ORGANIZACIONES DE VICTIMAS (OV) Y ORGANIZACIONES DEFENSORAS DE VICTIMAS (OVD). A que realicen su inscripción ante La Personería Municipal de Ricaurte – Cundinamarca, dando cumplimiento al artículo 269 del Decreto Ley 4800 de 2011, el cual regula el periodo en el que se debe realizar la Inscripción de las Organizaciones de Victimas ante el Ministerio Publico. (Personerías Municipales, Defensorías Regionales, y la Defensoría Nacional). La cual se debe realizar los primeros 90 días de cada año esto significa hasta el último día hábil del mes de marzo.

 Las inscripciones estarán abiertas en la en la Personería, ubicada en la Carrera 15 No. 6–22, los días de Lunes a Viernes en el horario de 8:00 de la mañana a 12:00 meridiano y de 2:00 a 4:00 de la tarde.

Las Mesas de Participación Efectiva de las Victimas en el nivel Municipal, Distrital Departamental y Nacional serán elegidas por un periodo de dos (02) años.

Teniendo en cuenta que la Ley 1448 de 10 de junio de 2011, rige a partir de su promulgación y tiene una vigencia de 10 años, hasta el 10 de junio de 2021, los periodos de las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas quedaran distribuidos de la siguiente manera:

Las Mesas Municipales de Participación Efectiva de las Victimas deberán ser instaladas a más tardar el 20 de abril cada dos (02) años. De acuerdo a lo anterior.
El primer periodo estará comprendido entre el 20 de abril de 2013 hasta el 19 de abril de 2015.
El segundo periodo estará comprendido entre el 20 de abril de 2015 hasta el 19 de abril de 2017.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN
Los aspirantes de las organizaciones de víctimas, deben presentar los siguientes requisitos:
- Diligenciar el formulario de inscripción, éste será entregado en la Personería Municipal.
- El documento de identidad del representante legal o delegado de la organización.
- Acta donde conste la voluntad organizativa o asociativa de sus miembros.
- Certificación, comunicación, acta o instrumento que avale la solicitud de inscripción y que además exprese la voluntad de participación por parte de los integrantes de la organización.
- Deben presentar declaración por medio de la cual manifiesten no estar incurso en ninguna inhabilidad.
- Los documentos soportes se deben entregar en fotocopia simple, en una carpeta con las páginas numeradas y organizadas. 

Si pertenece a las organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas, debe presentar.
- El documento de identidad del representante legal o su delegado.
- El documento que certifique la existencia y representación legal de la organización con sede en el Municipio.
- La certificación, comunicación, acta o instrumento que avale la solicitud de inscripción de la organización, expedido por la junta directiva o el órgano societario que estatutariamente sea el competente.
- Acreditar los documentos que demuestren el desarrollo del objeto social en el Municipio.
- Deben presentar declaración por medio de la cual manifiesten no estar incurso en ninguna inhabilidad.
- Los documentos soportes se deben entregar en fotocopia simple, en una carpeta con las páginas numeradas y organizadas.
- Diligenciar el formulario de inscripción, que está siendo entregado en la Personería Municipal.

Importante.

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