Pagos por servicios ambientales no consideran impacto social

Este instrumento económico
ofrecerá pagos por servicios ambientales,
previniendo la deforestación
y destrucción de bosques.

- Fotos: Víctor Holguín / Unimedios
El instrumento económico que ofrecerá pagos por servicios ambientales previniendo la deforestación y destrucción de bosques, se basa en aspectos técnicos de aplicación que dejan a un lado posibles impactos sociales.

Agencia de Noticias UN - En 2007 el Ministerio de Medioambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, desde la Oficina de Análisis Económico, realizó un documento llamado “Estrategia nacional para el pago por servicios ambientales en Colombia”, en el que, mediante pruebas piloto, se tuvo un acercamiento a posibles diseños y aspectos claves en la implementación de esquemas de pago. 
El estudio se concentró
en aspectos técnicos
de aplicación y diseño.
Organismos como el Ministerio, la Unidad de Parques y el IDEAM, entre otros, vienen impulsando con fuerza instrumentos económicos para evitar la deforestación y la destrucción de los bosques en Colombia. 
El estudio realizado se concentra en aspectos técnicos de aplicación y diseño, como metodologías para calcular adicionalidad en la prestación o informaciones de líneas base. Esto, con base en la teoría de que los ecosistemas prestan servicios y proveen bienes que aportan al bienestar humano. 
Por esa razón se hace necesario compensar a quien los provee, en este caso, a propietarios ubicados en áreas de importancia ambiental que ayudan a reducir los usos que van en contra de la conservación, como monocultivos y ganadería extensiva, actividades que ofrecen gran rentabilidad. 
El impacto social no es fuente de análisis,
tampoco los efectos que se pueden
generar en términos de equidad.
Según Carmenza Castiblanco, directora del Instituto de Estudios Ambientales de la U.N. (IDEA), dicho análisis tiene un enfoque económico que no se acopla al contexto real del medioambiente. 
“Los economistas hablan de proveedores donde no existen, pues la naturaleza es la que provee. Los demandantes en este caso son los beneficiarios de un servicio ambiental, además, el término de precios de equilibrio no contextualiza a lo que realmente se refiere, es decir, acuerdos de conservación en los que hay unos pagos que pueden ser monetarios o de especie”, expresó la directora en su charla titulada “Pagos por servicios ambientales: potencialidades y limitaciones”, la cual tuvo lugar durante la V Semana de la Investigación del IDEA. 
El estudio tiene un enfoque económico
que no se acopla
al contexto real del medioambiente.
Lo que no se ha tenido en cuenta en esta estrategia de pago es el impacto social de la aplicación de ese tipo de instrumentos. Por ejemplo, aspectos que tienen que ver con elementos legales, solidez de los contratos a largo plazo, confianza de la gente en las entidades que van a tener a cargo el esquema de pagos, concientización y conocimiento de las comunidades en cuanto a ecosistemas podrían convertirse en un problema si no se vinculan a las metodologías. 
Adicionalmente, tampoco están presentes los impactos que se pueden generar en términos de equidad, su aplicación en latifundios y zonas de conflicto armado que podrían convertirse en estímulos perversos del beneficio. 
Lo más importante de estos incentivos
es la estructura de organización
 de los habitantes locales.
Para la profesora Castiblanco, lo más importante de estos incentivos es la estructura de organización de los habitantes locales, pues son ellos los beneficiados. Por eso, debe existir apropiación de estas comunidades, así como convencimiento y condiciones para que en el futuro funcione. 
Solo hasta el 2013, cuando con el decreto 953 se reglamentó el artículo 111 de la ley 99 de 1993 que establecía que los municipios debían destinar el 1 % de sus ingresos a la compra de predios de alta importancia para la protección de cuencas, se dio normatividad a los pagos por servicios ambientales, para la conservación del recurso hídrico. 
Carmenza Castiblanco, directora del
Instituto de Estudios Ambientales de la U.N. 
(IDEA).
Con esta modificación, los municipios tienen la posibilidad de decidir si compran predios o invierten ese 1 % en esquemas de pago por los servicios ambientales. 
Este decreto es solo el inicio de la reglamentación para este tipo de incentivos, que aún espera un largo camino hasta que el país los tenga en pleno funcionamiento. 
Diferente es el caso de países como Costa Rica donde ejecutan esquemas de pagos estructurados desde los años 90.
(Por:Fin/VMH/dmh/AC) N° 66

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