En
las sentencias de restitución de tierras también se condena a mineras como
AngloGold Ashanti y Gran Colombian Gold, al igual que a empresas ganaderas,
palmicultoras y bananeras.
Agencia de Prensa
Rural-Yhoban Camilo Hernández Cifuentes.- Son
las 25 empresas (ver imagen) que han sido condenadas hasta ahora, por los
jueces de restitución de tierras, a devolver predios que fueron despojados a
campesinos en medio del conflicto armado en Colombia.
El
dato lo dio a conocer en Medellín un estudio de la Fundación Forjando Futuros
que analizó las 3.500 sentencias que han emitido los jueces de restitución
desde el año 2012 hasta abril de 2018.
“Queremos
resaltar que hay empresas con cinco sentencias. Argos (Fiducor S.A.) tiene cinco
sentencias en contra, Bancolombia una, la AngloGold una y Continental Gold
una”, indicó Gerardo Vega Medina, director de Forjando Futuros, organización
que representa jurídicamente a víctimas reclamantes de tierras.
Las
otras empresas con cinco sentencias en su contra son: Sociedad Agropecuaria
Carmen de Bolívar S.A. y Soc. Jorge Herrera e Hijos SCS, ambas en el municipio
Carmen de Bolívar donde también se reportan las cinco sentencias contra Argos.
Vega
Medina precisó que son 135 las sentencias en las que los jueces han ordenado a
la Fiscalía que investigue a estas empresas, así como a personas naturales,
para establecer cómo fue el despojo de tierras en estos casos. Y detalló:
"Entre
las personas a las que los jueces han solicitado investigar están Otto Bula,
que también era el comisionista de Odebretch, el que hizo todo el entramado de
corrupción; está el caso de Sor Teresa (hermanastra de los hermanos Castaño
jefes paramilitares de las AUC); está Don Berna (Diego Fernando Murillo
Bejarano, exjefe paramilitar); está la esposa de Carlos Castaño; está el
exgobernador de Córdoba, Benito Osorio; y más personas conocidas por su
actividad pública."
No
obstante, el director de Forjando Futuros aclaró que el hecho de que estas
empresas o personas naturales hayan resultado condenadas o investigadas en
sentencias de restitución de tierras, no necesariamente indica que hayan
cometido directamente el delito de despojo. “Pero sí se aprovecharon de las
condiciones de violencia para obtener acumulación de tierras. Acumulación que
es ilegal porque era sobre baldíos de la Nación. A quienes les compraban, a
través de terceros, era a pequeños campesinos, con tres o cuatro hectáreas”,
explicó Vega Medina.
Lo
que dio a entender el abogado acerca de esta participación de personas
naturales y jurídicas en procesos de despojo y abandono forzado de tierras, es
que la Jurisdicción Especial de Paz debería tener un rol destacado en el
juzgamiento de terceros civiles relacionados con el conflicto.
Lo
difícil será lograr que eso ocurra, porque la reforma del Congreso de la
República le quitó a la Jurisdicción la facultad para obligar a declarar a los
terceros en el conflicto y decidió que estas personas solo podrán vincularse a
los procesos si se presentan de manera voluntaria.