REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORTE CONSTITUCIONAL
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LA CORTE CONFIRMÓ LA
NEGACIÓN DE UNA ACCIÓN DE TUTELA PROPUESTA CONTRA EL REGISTRADOR NACIONAL DEL
ESTADO CIVIL Y EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, A PROPÓSITO DE LA FORMA DE
CONTABILIZAR EL VOTO EN BLANCO
EXPEDIENTE T-4.314.422 - SENTENCIA SU-221/15 (abril 23)
M. P. Gloria Stella Ortiz
Delgado
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La
Sala Plena decidió sobre una acción de tutela presentada por el señor Jaime
Araújo Rentería contra el Registrador Nacional del Estado Civil y el Consejo
Nacional Electoral, a propósito de la forma como, según lo públicamente
informado por tales autoridades, deben contabilizarse los votos en blanco en
una determinada elección, a efectos de que se haga necesaria la celebración de
nuevos comicios, situación que el actor consideró lesiva de los derechos
fundamentales suyos y de otros ciudadanos, a la información, a la libertad de
conciencia, igualdad, dignidad humana y a la paz, en lo relacionado con el
ejercicio de los derechos políticos. Antes de avocar el fondo de lo planteado,
la Sala precisó que pese a presentarse una situación de carencia actual de
objeto, por haberse celebrado ya las elecciones presidenciales de 2014, que era
la ocasión en la cual el actor pedía contabilizar el voto en blanco de una
determinada forma, el análisis propuesto mantenía interés y relevancia y la
Corte debía pronunciarse al respecto, por la importancia de clarificar, de cara
a futuras elecciones, la forma como el voto en blanco debe ser contabilizado.