LA CORTE DECLARÓ
EXEQUIBLE EL INCISO FINAL DEL ARTÍCULO 178 DEL CÓDIGO PENAL AL ENCONTRAR QUE NO
ES CONTRARIA A LA CONSTITUCIÓN LA NO CONFIGURACIÓN DEL DELITO DE TORTURA EN
RELACIÓN CON EL DOLOR O SUFRIMIENTO CAUSADO POR LA IMPOSICIÓN DE CONDENAS O
SANCIONES LÍCITAS
II.
EXPEDIENTE D-10.400 - SENTENCIA C-143/15
M. P.
Luis Ernesto Vargas Silva
1. Norma acusada
LEY 599 de 2000
(julio 24)
Por la cual se expide
el Código Penal
ARTÍCULO 178 TORTURA.