ONU SALUDA EL RECONOCIMIENTO DE LA CORTE A DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS

ONU Derechos Humanos saluda reconocimiento de la Corte Constitucional a complementariedad entre Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario


La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos valora positivamente la reciente decisión de la Corte Constitucional colombiana, en su sentencia C-084 de 24 de febrero de 2016, por medio de la cual reiteró el carácter complementario de las normas de Derecho Internacional de los Derechos Humanos, DIDH, y de las disposiciones del Derecho Internacional Humanitario, DIH, para la investigación y el juzgamiento de los delitos cometidos por miembros de la fuerza pública.
 
“Sin duda alguna, la aplicación de las disposiciones contenidas en estos dos marcos normativos contribuye de manera clara a reforzar las garantías judiciales de las víctimas y de los acusados en casos de crímenes graves”, dijo Todd Howland, representante en Colombia del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos.
 
Howland añadió que “la transparencia y la publicidad de los mecanismos administrativos y judiciales dirigidos a la supervisión, la revisión y el control de las actuaciones de los integrantes de la fuerza pública constituyen una garantía democrática y posibilitan la consolidación del Estado de derecho y de una paz duradera”.
 
Según lo establecido por la Corte: “
sustraer del imperio de los derechos humanos un determinado segmento de la administración de justicia, esto es, las actuaciones judiciales en las que se investiguen y juzguen conductas atribuibles a los miembros de la fuerza pública relacionadas con el conflicto armado, reformula un pilar fundamental del orden constitucional como es el respeto universal, permanente e indisponible de los derechos humanos y se proyecta en una mutación de la identidad misma de la Constitución”.

La Oficina reitera que el deber estatal de investigar y juzgar de manera genuina e imparcial las graves violaciones a los derechos humanos y las graves infracciones al derecho internacional humanitario implica una aplicación estricta y directa del derecho internacional en el ámbito nacional. Los tratados de derechos humanos ratificados por Colombia son parte del ordenamiento jurídico colombiano con la supremacía jurídica del bloque constitucional. Por eso recoge lo manifestado por la H. Corte: “[el]
marco normativo aplicable en las investigaciones que se adelanten contra miembros de la fuerza pública por hechos relacionados con el conflicto armado, no puede excluir la aplicación convergente y complementaria del derecho internacional de los derechos humanos”.

Finalmente, la Oficina de la ONU para los Derechos Humanos ofrece su cooperación y confía en que todas las autoridades estatales ajusten las disposiciones de orden administrativo y judicial que han sido promulgadas en tiempos recientes para la persecución penal de crímenes de guerra, de conformidad con los estándares del derecho internacional y con los parámetros interpretativos del artículo 221 de la Carta Política establecidos en esta decisión de la Corte Constitucional.

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