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Ordenan a Miguel Uribe  y a Esteban Ramírez desmontar  propaganda ofensiva

La sala plena del Consejo Nacional decretó como medida cautelar el desmonte de las vallas, pancartas y pasacalles instaladas en el territorio nacional y en las redes sociales de los candidatos al Senado de la República Miguel Uribe Turbay, del partido Centro Democrático, y de Alberto Esteban Ramírez Alfonso, del partido Conservador.

En el caso de Uribe Turbay, se determinó que usó la imagen de los ciudadanos: Gustavo Petro, Gustavo Bolívar, Piedad Córdoba, Roy Barreras, Iván Cepeda, Carlos Antonio Lozada y León Fredy Muñoz, en una valla que se titula “ojo con el Congreso, el momento de salvar a Colombia de los enemigos de la libertad es ya”.

Mientras que Ramírez Alfonso en su propaganda usó la imagen de algunos magistrados de la Corte Constitucional, con la frase “No matarás. Aborto = Crimen. No más cultural de la muerte”. En este caso la sala consideró que la intención del candidato Ramírez Alfonso, “al desplegar este tipo de publicidad, no es otra que utilizar la noticia coyuntural con el fin de ganar un beneficio electoral”… “Los Magistrados comprometidos administran justicia y no son actores políticos dentro de la contienda electoral, por lo que esta conducta, a todas luces desconoce los derechos personalísimos de los involucrados en la valla electoral”.

La sala además consideró que en busca de deslegitimar a un sector político determinado, los aspirantes al Congreso afectaron de manera injustificada los derechos de unos ciudadanos en particular, desbordando así los límites del derecho de libertad de expresión.

Para la sala plena hubo un menoscabo al buen nombre,
la imagen y la dignidad humana.
Para el Consejo Nacional Electoral este tipo de propaganda “genera un menoscabo al buen nombre, la imagen y la dignidad humana de los ciudadanos en mención”.

Añadió que para hacer uso de la imagen de ciudadanos en su propaganda política, los candidatos políticos debe contar con un consentimiento y/o autorización previa de las personas que aparecen en su publicidad, situación que no se encuentra probada.

La sala añadió que “este tipo de publicidad electoral es reprochable dentro de las actividades de una campaña electoral, ya que podría lesionar derechos tanto de particulares como de otros participantes en la contienda electoral y fuera de ella, como en efecto se vislumbró respecto a los ciudadanos”.

Los aspirantes tendrán un plazo improrrogable de 48 horas para retirar la propaganda.

Por qué la Justicia colombiana declaró inconstitucional la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños

La Corte Constitucional de Colombia declaró inconstitucional la reforma que reglamentaba la cadena perpetua —revisable a los 25 años— para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes, al considerar que viola el principio de la dignidad humana.


La medida fue adoptada por la Sala Plena de la Corte Constitucional, con seis votos a favor y tres en contra.

La Corte determinó que acoger ahora una sanción como la prisión perpetua "configura un retroceso en materia de humanización de las penas, en la política criminal y en la garantía de resocialización de las personas condenadas", dice la institución.

En concreto, la Sala Plena acogió los argumentos de la ponencia de la magistrada Cristina Pardo, quien atendió favorablemente una demanda presentada por el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes, uno de los ocho demandantes contra la normativa ante la Corte.

En su demanda, el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes afirmó que la dignidad humana "es el presupuesto esencial de la consagración y efectividad del sistema de derechos y garantías contemplado en la Constitución de 1991".

La Sala Plena concluyó que el Congreso de la República "transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución".

Con ello, dice la Corte, "afectó un eje definitorio de la Carta [Magna] como lo es el Estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución".


De acuerdo con la Corte, se debe buscar la resocialización como forma de garantizar la dignidad humana de los sentenciados y que el Estado garantice los medios para lograr que los reclusos se reintegren a la sociedad.

"La garantía de resocialización de las personas condenadas es una forma de reconocimiento de la dignidad humana que enaltece la capacidad de autodeterminación de la persona para hacerse a sí misma, de ser quien quiere ser y su posibilidad de volver a la vida en comunidad", señala.

"Todos, familia, Estado y sociedad tenemos la obligación de protegerlos", indicó e informó, además, que durante 2021 el ICBF "ha abierto 9.927 procesos de restablecimientos de derechos por violencia sexual, de los cuales 85 % corresponden a niñas".
La normativa

El año pasado, el Parlamento de Colombia dio luz verde a la reforma del artículo 34 de la Constitución del país suramericano, con el objetivo de imponer la cadena perpetua a los violadores y asesinos de menores.

Previo a la reforma, ese artículo establecía: "Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación".

Con la reforma en el Congreso, se sacó del texto la prisión perpetua; y se le añadió: "De manera excepcional cuando un niño, niña o adolescente sea víctima de las conductas de homicidio en modalidad dolosa, acceso carnal que implique violencia o sea puesto en incapacidad de resistir o sea incapaz de resistir, se podrá imponer como sanción hasta la pena de prisión perpetua".

Después de la promulgación de la reforma constitucional, que la hizo Duque el 22 de julio de 2020, el Gobierno colombiano contaba con un año para reglamentar la nueva ley.

En marzo de 2021, el Ministerio de Justicia y del Derecho presentó el proyecto de ley para reglamentar la cadena perpetua, que fue tramitado y aprobado por el Senado y la Cámara de Representantes en junio pasado; y, luego, sancionada por Duque en julio. Entre otras cosas, en la reglamentación se estableció que la pena era revisable en un plazo mínimo de 25 años, para evaluar al condenado.

La normativa también era conocida como 'Ley Gilma Jiménez', en memoria de la exsenadora fallecida en 2013 que luchó para que en el país se castigara con la pena máxima a los autores de crímenes contra los menores de edad.

Mario Montoya será imputado por más de 100 "falsos positivos

"Lo vamos a imputar como el determinador por homicidio agravado de 104 de los llamados falsos positivos", dijo Francisco Barbosa.

DW.- El general en retiro Mario Montoya será imputado por las ejecuciones de 104 personas presentadas como rebeldes abatidos en combate durante su tiempo al mando del Ejército de Colombia (2006-2008), anunció este sábado (31.07.2021) la Fiscalía.

"Lo vamos a imputar como el determinador por homicidio agravado (...) de 104 de los llamados falsos positivos", dijo a la revista Semana el fiscal general, Francisco Barbosa, aludiendo al escándalo en el que militares ejecutaron a miles de civiles entre 2002 y 2008 para hacerlos pasar por bajas en medio de su lucha antiguerrillera.

Según el ente investigador estos asesinatos ocurrieron entre 2007 y 2008 y cinco de las víctimas eran niños. "Todos los autores materiales fueron miembros activos del Ejército", agregó Barbosa. Montoya se sometió en 2018 a la Justicia Especial de Paz (JEP), que investiga los peores crímenes del conflicto y que ofrece penas alternativas a la cárcel a quienes confiesen sus crímenes y reparen a las víctimas. Su expediente no ha sido resuelto.

La JEP estima que más de 6.400 civiles fueron asesinados durante el Gobierno de Álvaro Uribe por militares incentivados por un body count o conteo premiado de cuerpos. La imputación de la Fiscalía busca "ayudar" al tribunal surgido de los acuerdos con la guerrilla FARC en 2016 a esclarecer estos crímenes, explicó Barbosa.

Por su parte, el director ejecutivo de Human Rights Watch (HRW) para América, José Miguel Vivanco, celebró la decisión a través de su cuenta de Twitter, pero lamentó "que esta decisión recién ocurra ahora. Debido a la competencia de la JEP, la relevancia jurídica de esta imputación hoy es mayormente simbólica".

Varios subordinados de Montoya han admitido ante la JEP que asesinaron a civiles para presentarlos como bajas en combate a cambio de días de vacaciones y otros beneficios. El entonces mayor del Ejército Gustavo Soto relató a la agencia AFP en 2020 que Montoya medía los resultados operacionales "en muertos".

Según Barbosa, el oficial retirado "fue a las brigadas, a los batallones, a las divisiones (...) con la política de premios por esas ejecuciones". Pero el general niega haber instigado estos crímenes y su defensa sostiene que "en ningún momento existió una directiva o directriz al Ejército para hechos tan atroces".

Gobierno Nacional sancionado nuevamente por no cumplir la sentencia T–052 del 2017


 Catatumbo - Norte de Santander, julio 28 de 2021.

La Asociación Campesina del Catatumbo – ASCAMCAT, el Pueblo Indígena Barí, la Asociación Nacional de Zonas de Reserva Campesina – ANZORC y la Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC, resaltan la decisión tomada el pasado 28 de junio de 2021 por parte del Tribunal Superior del Distrito Judicial De Cúcuta – Sala Penal, respecto a las medidas sancionadoras en contra del Gobierno Nacional representado a través de la Agencia Nacional de Tierras, así como la enérgica orden emitida al Ministerio del Interior para que cumpla con sus deberes misionales.

La razón de ser de esta decisión tiene su origen en el fallo proferido por la Corte Constitucional en Sentencia T–052 de 2017, mediante la cual se da reconocimiento a derechos territoriales del Pueblo Barí y a las comunidades campesinas representadas en la ASCAMCAT, respecto de la delimitación, saneamiento y ampliación de los Resguardos Indígenas Motilón Barí y Catalaura - La Gabarra; así mismo, de la constitución de la Zona de Reserva Campesina del Catatumbo - ZRCC. A pesar que la Corte estableció un término específico de cumplimiento de las mencionadas órdenes en el lapso de 1 año, los destinatarios estatales de éstas han actuado de manera recurrente, omisiva e injustificada para su integral cumplimiento durante 4 años y 5 meses.

Con fundamento en lo anterior, las comunidades afectadas dieron lugar al inicio del trámite incidental de DESACATO, que fue decidido inicialmente el pasado 13 de diciembre de 2019, donde se declaró INCUMPLIDA la Sentencia y se impuso sanción de multa y arresto en contra de funcionarios de la Agencia Nacional de Tierras y del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, decisión que fue confirmada el 18 de febrero de 2020 por parte de la Corte Suprema de Justicia – Sala Casación Penal.

  • De esta manera alertamos a la sociedad y al Estado colombiano sobre la falta de voluntad política del Gobierno Nacional frente al acceso y goce de los derechos del Pueblo Barí y de las comunidades campesinas de la región del Catatumbo en Norte de Santander; sin embargo, a pesar del incumplimiento de las medidas judiciales, seguiremos exigiendo el acceso a la administración de justicia con plenas garantías del ejercicio de nuestros derechos constitucionales incluyendo los de la Sentencia T – 052 de 2017.

    ASCAMCAT  -  PUEBLO BARÍ  -  ONIC  -  ANZORC

La Justicia de Paz de Colombia imputa a 10 militares y un civil por 'falsos positivos'

Los imputados estarían involucrados en el asesinato de por lo menos 120 personas en el Catatumbo.

Imagen ilustrativa

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de Colombia imputó a 10 militares y un civil por su presunta vinculación en los denominados 'falsos positivos', asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado.

De acuerdo con la institución, los imputados habrían tenido una participación determinante "en el asesinato de por lo menos 120 personas en estado de indefensión" en el Catatumbo, subregión del departamento de Norte de Santander.

Las víctimas fueron presentadas falsamente como bajas en combate, entre enero de 2007 y agosto de 2008, con el objetivo de "aumentar criminalmente las estadísticas oficiales de éxito militar", precisó la JEP.


En concreto, por estos delitos, las 11 personas fueron imputadas por "crimen de guerra de homicidio en persona protegida y crímenes de lesa humanidad de asesinato, y desaparición forzada, ante el ataque generalizado y sistemático contra la población civil".

Los imputados

Los imputados, identificados como máximos responsables de haber dado órdenes sin las cuales las conductas criminales no hubieran tenido lugar, son:

- El brigadier general Paulino Coronado Gámez, quien fue el comandante de la Brigada 30.

- Los coroneles Santiago Herrera Fajardo y Rubén Darío Castro Gómez, antiguos comandantes de la Brigada Móvil 15 (BRIM15).

- El teniente coronel Álvaro Diego Tamayo Hoyos, antiguo comandante del Batallón de Infantería No. 15 'General Francisco de Paula Santander' (BISAN) de Ocaña.

- El teniente coronel Gabriel de Jesús Rincón Amado, exoficial de operaciones de la BRIM15.

- El mayor Juan Carlos Chaparro Chaparro, excomandante del BISAN.

Los otros imputados, "por haber contribuido de manera amplia y efectiva" en los delitos, señala la JEP, son:

- El capitán Daladier Rivera Jácome.

- El sargento segundo Rafael Antonio Urbano Muñoz.

- El sargento segundo Sandro Mauricio Pérez Contreras, quien fue jefe de la sección de inteligencia del BISAN.

- El cabo primero Néstor Guillermo Gutiérrez Salazar, excomandante de escuadra en la BRIM15.

- El tercero civil Alexander Carretero Díaz, quien trabajó como colaborador de las dos estructuras militares (BRIM15 y BISAN).

Modalidad de los crímenes

De acuerdo con el comunicado de la JEP, se pudo determinar que este patrón macrocriminal tuvo dos modalidades sucesivas que se distinguen por el perfil de las víctimas.

La primera modalidad corresponde al asesinato de hombres jóvenes de entre 25 y 35 años, habitantes del área rural del Catatumbo, en su mayoría agricultores, comerciantes y transportadores informales; mientras que la segunda consistió en el asesinato de jóvenes, provenientes de otras regiones, engañados para ser trasladados al Catatumbo.


Las 120 personas asesinadas, señala la JEP, "tienen un perfil semejante y se repite un mismo modus operandi", explicando que las víctimas "fueron asesinadas en estado de indefensión por parte de los miembros de la fuerza pública, sin que mediara combate real alguno" y, además, "fueron señaladas de pertenecer a grupos armados ilegales".

Según la institución, los imputados actuaron siendo conscientes de que estos delitos se cometían como parte de un "ataque generalizado y sistemático" contra la población civil.

Estas personas "o aceptan la responsabilidad o se exponen a un juicio, y si resultan culpables, serán sancionados con las penas de la justicia transicional", señaló Eduardo Cifuentes, presidente de la JEP.

Estas imputaciones, informa la JEP, hacen parte del primero de por lo menos seis casos territoriales sobre 'falsos positivos' en Colombia; los otros hechos priorizados por la institución están en Antioquia, la Costa Caribe, Huila, Casanare y Meta.

En febrero pasado, la JEP elevó a 6.402 el número de personas asesinadas por agentes del Estado y presentadas como bajas en combate entre 2002 y 2006, los primeros seis de los ocho años de gobierno de Álvaro Uribe Vélez.

Procuraduría pidió condenar al exmagistrado Francisco Javier Ricaurte por 'el cartel de la toga'

La Procuraduría General de la Nación pidió condenar al exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia, Francisco Javier Ricaurte Gómez, por el direccionamiento de procesos judiciales a cambio de dinero, caso conocido como ‘el cartel de la toga’.

Así lo solicitó el Ministerio Público al intervenir en audiencia pública ante el Juez 10 del Circuito con funciones de Conocimiento de Bogotá, en la que pidió proferir sentencia condenatoria contra Ricaurte Gómez por los delitos de concierto para delinquir y cohecho por dar u ofrecer.

En su alegato de conclusión, el representante del Ministerio Público señaló que las pruebas practicadas durante el juicio permitieron concluir más allá de toda duda razonable la responsabilidad del acusado en los hechos objeto de investigación, que consistieron en promover, organizar y dirigir una organización criminal con el fin de cometer delitos indeterminados que afectaron la administración pública.

Igualmente, el órgano de control pidió al juez declarar la prescripción del delito de utilización indebida de información oficial privilegiada.
MLN/jpm |

La Corte Suprema de Colombia ordena detención domiciliaria contra el expresidente Álvaro Uribe

El exmandatario deberá responder por los presuntos delitos de soborno y manipulación de testigos.

La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia de Colombia ordenó este martes la detención domiciliaria del expresidente y actual senador, Álvaro Uribe Vélez, por los presuntos delitos de soborno y manipulación de testigos. El tribunal investiga un caso en el que alrededor de una decena de testigo denuncian que recibieron compensaciones a cambio de ofrecer testimonios para favorecer a Uribe. 

La decisión fue confirmada por el propio exmandatario Uribe quien, a través de sus redes sociales, dio a conocer la medida de aseguramiento en su contra. "La privación de mi libertad me causa profunda tristeza por mi señora, por mi familia y por los colombianos que todavía creen que algo bueno he hecho por la Patria", señaló Uribe al respecto.<

La orden de detención, que podrá prolongarse por máximo un año, debe cumplirse de forma inmediata. Sin embargo, la medida admite reposición por parte de la defensa del expresidente, aunque tal recurso no congela los efectos de la resolución jurídica. 

El caso se remonta a 2012

La investigación comenzó en el año 2012, cuando Uribe denunció al senador Iván Cepeda por supuestamente pedir a exparamilitares testificar en su contra a cambio de beneficios. Sin embargo, en 2018 la Corte archivó esta investigación contra Cepeda y abrió una nueva indagación, esta vez al propio exmandatario, por la presunta manipulación de testigos.

Durante las indagaciones, la Corte escuchó el testimonio de varios reconocidos exparamilitares, entre ellos Pablo Hernán Sierra alias 'Alberto Guerrero'; José Gelvez Albarracín alias 'El Canoso'; y Jesús Ignacio Roldan alias 'Monoleche'. 

Asimismo, exfiscales y políticos como la excongresista Piedad Córdoba y el propio senador Iván Cepeda, quien fue reconocido como "víctima" en el proceso, presentaron sus declaraciones ante el órgano judicial encargado.

Sin embargo, al expediente aún le restan algunas pruebas, por ejemplo, los testimonios pendientes de los jefes paramilitares Salvatore Mancuso y el Tuso Sierra, quienes fueron extraditados a EE.UU.

Uribe Vélez fue presidente de Colombia durante dos periodos, 2002 a 2006 y 2006 a 2010. Luego, en el 2018, fue electo como senador. Unos meses después, la Corte lo llamó a indagatoria. En este entonces, el expresidente anunció su renuncia al senado argumentando que se dedicaría a su defensa, pero a los pocos días se retractó.

El exmandatario tiene más 50 denuncias abiertas en la Comisión de Acusaciones y 28 ante la Corte Suprema de Justicia, y sus detractores esperan que sea investigado por otros presuntos delitos relacionados con escuchas ilegales, narcotráfico, homicidios, falsos positivos, paramilitarismo y masacres, entre otros.





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Álvaro Uribe pierde tutela.

El Juez Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá, concluye que lo alegado por Uribe y su abogado Abelarxo de la Espriella es improcedente. Por lo tanto la SERIE MATARIFE puede continuar su transmisión.

Gringos, Go Home.


El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó al gobierno nacional que; en el término de 48 horas le informe al Senado de la República sobre la presencia de tropas extranjeras en el territorio nacional y suspenda las actividades de la brigada estadounidense.

La decisión se da, al responder una tutela presentada por la bancada alternativa en el Congreso de la República.

Respeto a personas privadas de la libertad.


PGN. - Por solicitud de la Procuraduría General de la Nación la Sala Penal de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla le ordenó al Ministerio de Justicia a través de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios, USPEC, garantizar la alimentación de las personas que permanecen en los Centros de Detención Transitoria de la Unidad de Reacción Inmediata, URI, y del Edificio Telecom.

La USPEC con la coordinación de la Alcaldía de Barranquilla deberán suministrar las raciones alimenticias hasta que sea superado el estado de emergencia sanitaria, declarado en el país desde el pasado 17 de marzo.

Asimismo, el falló, que acogió la protección solicitada por el Ministerio Público para evitar contagios por la pandemia del coronavirus, impuso a la Gobernación del Atlántico, la Alcaldía de Barranquilla y la dirección regional norte del INPEC iniciar acciones urgentes dirigidas a mitigar cualquier riesgo de contagio en esos espacios de detención. 

La Sala Penal facultó a la Procuraduría Regional del Atlántico para que solicite dentro de las actuaciones penales el cumplimiento de las órdenes de detención domiciliarias o transitoria establecidas en el decreto 546 de 2020 para evitar la propagación de casos positivos de la covid-19 en estos lugares.

De acuerdo con la sentencia, la alcaldía y la Gobernación del Atlántico deberán gestionar y materializar espacios con miras a lograr la reubicación gradual de las personas que ocupan estos centros de detención, donde las secretarías de salud deberán practicar pruebas permanentes de la covid-19 y brigadas para el manejo y control del contagio del virus.

Por último, el Tribunal pidió que se garantice la prestación efectiva del servicio de salud para las personas que permanecen en los Centros de Detención Transitoria de la Unidad de Reacción Inmediata, URI, y del Edificio Telecom, espacios que tendrán que ser sometidos a jornadas de limpieza intensiva encaminadas a mitigar la propagación de infecciones y epidemias y garantizar un ambiente higiénico para las personas privadas de la libertad.

Capturado el alcalde de Rionegro, Santander, Wilson Vicente González Reyes.

Estos son los hechos que motivaron la captura este jueves del alcalde de Rionegro, Santander, Wilson Vicente González Reyes. 

La Fiscalía anunció que le serán imputados, entre otros, los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir agravado.
Era buscado desde el pasado domingo por una investigación en su contra sobre crímenes ocurridos hace cerca de 13 años relacionados con la conformación de una banda delincuencial que habría cometido secuestros y asesinatos.
Varias fuentes no oficiales revelaron a Ecolecuá que González Reyes estaría vinculado a unos 13 a 15 homicidios, entre ellos el de un Policía asesinado en la avenida Quebradaseca y otro cuyo cuerpo de la víctima habría sido arrojado en inmediaciones de Centroabastos.
González Reyes no había vuelto a la Alcaldía de Rionegro desde este 26 de mayo tras la captura de alias “El Mono” en el corregimiento de Llano de Palmas, de esta jurisdicción municipal, quien al parecer formaba parte de la misma organización.
Se investiga si otros miembros de la banda tienen vínculos con la Administración Municipal y si esta organización criminal habría cometido otros hechos delictivos que son motivo de reserva sumarial.
Este es el mismo Alcalde denunciado por el periodista Luis Carlos Ortiz, de la emisora comunitaria La Voz de la Inmaculada, de Rionegro, por haberlo atacado a tiros en la madrugada del 17 de diciembre de 2017 tras las denuncias que el comunicador publicó en sus medios virtuales sobre presuntas irregularidades en el Gobierno Local.
Wilson Vicente González Reyes fue elegido alcalde de ese municipio en los comicios del 25 de octubre de 2015 con 4.226 votos avalado por el Centro Democrático.
El Mandatario de Rionegro fue capturado ayer en el barrio San Francisco, de Bucaramanga, por funcionarios de la Fiscalía adscritos a la Dirección Nacional de Crimen Organizado, por su presunta responsabilidad por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir agravado.

Procuraduría solicita a sala de instrucción de la Corte captura de 'Jesús Santrich' para que rinda indagatoria



La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Suprema de Justicia que a través de su Sala Especial de Instrucción ordene la captura de Seuxis Paucias Hernández Solarte, conocido como 'Jesús Santrich', para ser escuchado en indagatoria por los presuntos delitos de concierto para delinquir con fines de narcotráfico y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado.

El Ministerio Público formuló la solicitud tras el pronunciamiento de la Sala de Casación Penal del máximo tribunal de la justicia ordinaria, en el que advirtió que Solarte Hernández goza de fuero constitucional luego de que el Consejo de Estado, en las últimas horas, ratificara la investidura de 'Jesús Santrich' como Representante a la Cámara.

Adicionalmente, la Procuraduría insistirá en el traslado de las pruebas con las que cuenta la Fiscalía General de la Nación contra Solarte Hernández, por los presuntos actos cometidos después del 1 de diciembre de 2016.

Ordenan cárcel contra 'Popeye', por asesinato del director del diario El Espectador

Se trata de una "medida de aseguramiento" solicitada por una funcionaria judicial de la Dirección Especializada Contra las Violaciones a los Derechos Humanos.
Jhon Jairo Velásquez, 'Popeye', llevado a comparecer ante un juez en Medellín, 25 de mayo de 2018. Fredy Builes - Reuters

La Fiscalía General de Colombia ha ordenado la prisión del exjefe de sicarios del narcotraficante Pablo Escobar, Jhon Jairo Velásquez Vásquez, más conocido como 'Popeye', por el asesinato del director del diario El Espectador en 1986. 
La "medida de aseguramiento en establecimiento carcelario" fue planteada por una fiscal de la Dirección Especializada Contra las Violaciones a los Derechos Humanos, mientras se sospecha que el implicado fue el presunto coautor del homicidio de Guillermo Cano Isaza, quien dirigía el periódico.
La determinación fue dictada para ser cumplida una vez que 'Popeye' finalice su actual período de detención en la cárcel de mediana y máxima seguridad de la ciudad de Valledupar, prisión popularmente llamada 'La Tramacúa'. Así, el Instituto Penitenciario Carcelario (Inpec) ya fue comunicado sobre esta decisión y el acusado no va a recuperar su libertad como estaba previsto. 

El fiscal general de Colombia renuncia, tras orden de liberación de un líder de las Farc

El funcionario considera que la decisión tomada por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) es un "desafío la orden jurídico" en Colombia, y que abre la puerta a que los delitos sean juzgados con "un sistema de beneficios".



El fiscal general Néstor Humberto Martínez en el Congreso por el caso de Odebrecht en Bogotá, Colombia, 27 noviembre 2018. Daniel Garzon Herazo - www.globallookpress.com
El fiscal general de Colombia, Néstor Humberto Martínez, presentó su "renuncia irrevocable" al cargo que ejerce, tras la orden de "libertad inmediata" dictada para el exguerrillero Seuxis Paucias Hernández, conocido como Jesús Santrich, por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
En un comunicado que leyó en una rueda de prensa, aseveró que "es un desafío al orden jurídico", la decisión de JEP, un mecanismo de justicia transicional acordado entre el Gobierno colombiano y las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) para procesar a los actores del conflicto armado.
Martínez expresó que en su país "se consolida un estado de cosas antijurídico, que conjura contra el Estado de derecho" y que "expone a la sociedad frente al crimen, en medio de las advertencias de la Fiscalía".
En su opinión, "en el futuro, la reincidencia en el secuestro y la extorsión", convivirán con "los privilegios de la Justicia transicional", lo que en su parecer, abre la puerta a que el narcotráfico y otros delitos  "no puedan ser investigados por la Justicia ordinaria", sino que pasarán a la JEP "con un sistema de beneficios".
Tras conocer este anuncio, minutos después, la vicefiscal colombiana, María Paulina Rivero, también manifestó que abandonaba su cargo. Fabio Espitia es su sustituto.

"Una decisión que desafía a EE.UU."

El fiscal general aseguró que no fue informado de "una decisión que desafía la evidencia aportada por EE.UU." y por Fiscalía, lo que, a su juicio, "hace trizas la cooperación judicial internacional" y "destruye la muralla que construyó el 'Acuerdo de Paz'", firmado en La Habana, el 26 de septiembre de 2016.
Santrich, sobre quien pesaba una orden de extradición a EE.UU., fue detenido el 9 de abril de 2018, en respuesta a una solicitud, hecha seis días antes, por un juez de Nueva York, que ordenó su captura tras acusarlo de narcotráfico, por el presunto envío a ese país de diez toneladas de drogas valoradas en 15 millones de dólares.
Justicia para la Paz de Colombia ordena libertad de
líder de las FARC y rechaza extradición a EE.UU.
Según la Fiscalía colombiana, los hechos ocurrieron a partir de junio de 2017 y hasta abril de 2018, después de la entrada en vigor de los Acuerdos de Paz, sin embargo, la JEP consideró que "las pruebas no permiten evaluar la conducta ni establecer la fecha precisa de su realización".
Finalmente, en el texto, que también fue colgado en la cuenta de Twitter de la Fiscalía, Martínez Neira pide a los colombianos "movilizarse" por el "restablecimiento de legalidad y defensa de la paz".


El pasado diciembre, el diputado de la Alianza Verde, Mauricio Toro, pidió a la Comisión de Acusación del Congreso abrir la investigación en contra del fiscal por supuesto conocimiento de unas serie de presuntas irregularidades y sobornos de la empresa Odebrecht en Colombia, desde 2013, denunciado por Jorge Enrique Pizano Callejas, quien falleció por envenenamiento tras la ingesta de cianuro.

Martínez Neira ocupa el cargo desde agosto de 2016. Se había desempeñado como ministro de la Presidencia durante el gobierno de Santos, y como titular de Justicia en las administraciones de Andrés Pastrana y de Ernesto Samper.

Pesos pesados le piden a la ONU proteger el acuerdo de paz




las2orillas.- Que el presidente Iván Duque haya presentado varias objeciones a la Ley Estatutaria de la JEP causó preocupación en algunos y alegría en otros. El pasado 20 de febrero un grupo de dirigentes políticos, líderes sociales, y figuras públicas —todos promotores del SÍ— se reunieron en el Centro Cultural Gabriel García Márquez para defender el Tribunal de paz y el acuerdo firmado en La Habana; y ahora le enviaron esta carta al secretario general de la ONU Antonio Guterres pidiéndole que respalde tanto el acuerdo como la JEP. La carta va con copia a la presidenta de la Corte Penal Internacional Fatou Bensouda, quien ya había advertido que dejaran trabajar a la JEP, si no la CPI podía entrar a jugar en la justicia colombiana.
Esta es la carta encabezada por Humberto De La Calle y firmada por un gran número de exministros, congresistas, líderes sociales, y algunos negociadores:
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Los promotores del Sí se volvieron esta vez bajo la bandera de “Defendamos la Paz” para que el uribismo no se le atraviese al tribunal

Importante.

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