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2.957 CANDIDATOS INSCRITOS PARA PARTICIPAR EN LAS ELECCIONES DE CONGRESO DE LA REPÚBLICA - 2018

El 18 de diciembre vence el plazo para la modificación de los candidatos inscritos por renuncia o no aceptación.

 1.114 candidatos se inscribieron al Senado de la República y 1.843 candidatos se inscribieron para aspirar a la Cámara de Representantes.
 Frente a las elecciones de Congreso del 2014, hubo un aumento del 25.93% en los candidatos inscritos (2.348).
 Este consolidado corresponde únicamente a las inscripciones realizadas en territorio colombiano. No incluye las inscripciones llevadas a cabo en el exterior.

 Dos mil novecientos cincuenta y un (2.957) candidatos se inscribieron para participar en las elecciones de Congreso de la República 2018, durante el periodo de inscripción que se desarrolló entre 11 de noviembre y el 11 de diciembre de 2017.

Cinco años al frente de la ONU- Reconocer violaciones, una oportunidad para cambiar (I)

Reconocer violaciones, una oportunidad para cambiar (I)

Reflexiones sobre la justicia transicional como una herramienta para la protección de los derechos humanos. Esta es la primera entrega de tres artículos escritos por Todd Howland, alto comisionado de la ONU, quien se despide del cargo en Colombia.


Todd Howland.- Los fines son meritorios, pero muchas cosas tienen que cambiar para conseguir que la implementación de los distintos mecanismos del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SVJRNR) logre mejoras significativas en materia de derechos humanos. Los cambios no se producirán por arte de magia, ni serán el resultado necesario de los mecanismos especiales de justicia transicional. Su concreción requiere liderazgo, voluntad política y acción de todo el aparato estatal. Sin menospreciar el logro del Acuerdo Final, lo que viene será mucho más difícil y tendrá más oposición.

La perpetración de atrocidades ha signado la vida institucional y social del país. En las dos décadas pasadas se han documentado miles de violaciones a los derechos humanos e infracciones graves al derecho internacional humanitario. Estos hechos atroces son objeto de distintos tipos y grados de negacionismo, incluyendo su negación literal, es decir, la manifestación abierta de que lo que se denuncia no pasó; interpretaciones manipuladas sobre lo acontecido, por ejemplo, la ejecución premeditada y dirigida de un combatiente que es presentada como su muerte resultado de un intento de fuga; desconocimiento de las víctimas de las violaciones, y minimización de los daños y efectos causados por la violencia, por ejemplo, sí son desplazados, pero por voluntad propia. Cada parte del conflicto, y ahora del proceso de paz, tiene su particular aproximación al proceso de negación.

En la medida en que algunas de las violaciones se han cometido bajo el manto de la ley o están cobijadas por la impunidad, la confianza en el poder público está en jaque, como lo está, también, la legitimidad del poder estatal.

La superación de la negación y de la impunidad de las violaciones no será un proceso rápido ni sencillo. Como muchas otras iniciativas en Colombia, la ambición normativa del SIVJRNR rebasa su capacidad funcional. No es cuestión de buenas intenciones, sino de idoneidad funcional para encarar los problemas. La sofisticación normativa del Sistema es significativa, pero no es garantía de los cambios anunciados. Los obstáculos ya son evidentes.

Uno de los primeros retos es la recuperación del sentido estratégico de los mecanismos del Sistema. La actual discusión técnica sobre los distintos mecanismos desplazó la conducción estratégica sobre lo que se pretende lograr con su puesta en marcha. La discusión se ha centrado en cómo usar la caja de herramientas, es decir, la Comisión de la Verdad, la Jurisdicción Especial para la Paz y demás mecanismos, sin tener claro cuáles son los problemas que requieren atención. Este enfoque confunde los medios con los fines. La aproximación ritualista y formal a los mecanismos está obviando una discusión sensible a los diversos contextos regionales y a las necesidades concretas de víctimas y comunidades. La puesta en marcha de los mecanismos del SIVJRNR debe satisfacer los derechos de las víctimas en los territorios y producir la no repetición de violaciones, no unos estándares de funcionamiento mecánico de modelos eruditos.

Otro reto central en el proceso de implementación del Sistema es abandonar la falsa creencia de que éste se desarrolla en un ambiente estéril, desprovisto de antecedentes y libre de influencias externas. Como cualquier esquema de organización estatal, los mecanismos del SIVJRNR están insertos en el marco institucional colombiano. Esto implica que arrastran con lo bueno, lo malo y lo feo de las instituciones existentes.

Aunque se predique su singularidad y estado virtuoso, todos los mecanismos se insertarán en un contexto, lleno de prácticas y reglas preexistentes, que pesa mucho más que el acto inaugural de los nuevos mecanismos. Por ejemplo, el hoy desdeñado proceso de Justicia y Paz condicionará muchos aspectos de los nuevos mecanismos. En vez de concentrarse tanto en diferenciarlo del nuevo sistema, deberían contemplar los efectos de la transmisión de prácticas que inevitablemente tendrá lugar. Asimismo, los mecanismos del Sistema estarán igualmente expuestos a los males que carcomen a la administración pública en Colombia, incluyendo al sector de la justicia. Tomar conciencia de este hecho no descalifica los esfuerzos por garantizar la efectividad y la transparencia de los nuevos mecanismos; por el contrario, conduce a robustecerlos.
La negación de las atrocidades es un proceso activo en Colombia.

Tanto las partes que negociaron el Acuerdo, como otros actores y sectores, tienen intereses en la contención y el control de los mecanismos del SIVJRNR para evadir o disminuir el ámbito de su responsabilidad individual y colectiva. Las partes pactaron el intrincado sistema considerando, cada una por separado y en antagonismo abierto, su posición frente a los actos perpetrados y las consecuencias de estos. Aunque resulte obvio, su cálculo es un ejercicio retrospectivo con valor prospectivo: las dos partes valoraron lo que pierden y ganan con asumir (ciertas) responsabilidades por (algunos) hechos del pasado.

La negación literal y absoluta no era viable, en parte, por la valiente labor de documentación y denuncia que el movimiento de derechos humanos ha realizado durante décadas en Colombia. Ese trabajo, junto con el de otros grupos y sectores, como los periodistas e investigadores académicos, ha reducido el margen de mentira que la sociedad está dispuesta a tolerar. Aun así, la negación es un proceso vigente que apunta, entre otros objetivos, a controlar el número y el tipo de conductas que serán objeto de reconocimiento, limitar la profundidad del conocimiento que se alcance en relación con las violaciones y minimizar las implicaciones de las atrocidades.

El Acuerdo Final también asigna a los mecanismos del Sistema Integral funciones de esclarecimiento y rendición de cuentas en relación con actores, agentes, representantes y grupos de interés que no participaron, al menos visiblemente, en la negociación. Muchos, de hecho, la gran mayoría, de estos actores se oponen activamente, por medios legales e ilegales, al proceso de reconocimiento y rendición de cuentas que se pretende poner en marcha. Si bien estos actores han sido incluidos en el arreglo, no hicieron parte de sus términos y resistirán, incluso violentamente, su operación y sus consecuencias.

Con el paso del tiempo, desde el anuncio del Acuerdo se han solidificado pactos de silencio y se han dispuesto acciones orientadas a asegurar el hermetismo y el secretismo en torno a la atrocidad. Asimismo hay campañas de desinformación y de intimidación en marcha, con el fin de reducir la efectividad de cualquier intento que busque esclarecer lazos hasta ahora invisibles con la perpetración de las violaciones.

La Corporación Educativa Minuto de Dios y el Ministerio de Ambiente firmaron convenio que impulsará el desarrollo educativo ambiental de 23 colegios del País

El acuerdo interinstitucional se selló con la firma del Padre Diego Jaramillo Cuartas, presidente de la Organización Minuto de Dios, Salvador Cabrera, director ejecutivo de la Corporación Educativa Minuto de Dios, y el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Luis Gilberto Murillo Urrutia, y busca impulsar el desarrollo educativo ambiental de los 23 colegios que hacen parte de la Corporación educativa Minuto de Dios y que están ubicadas en Bogotá y en los departamentos de: Cesar, Atlántico, Guaviare, Santander, Nariño, Amazonas, Cundinamarca y Bolívar.


El acuerdo permitirá fortalecer acciones conjuntas en Educación Ambiental, construir mecanismos de apoyo y acompañamiento, así como cualificar las acciones que se vienen desarrollando en esas instituciones educativas en pro de la formación de ciudadanos con una ética ambientalista coherente. Se espera que los niños, niñas, adolescentes y jóvenes mediante este proceso, reflexionen críticamente sobre las realidades de su contexto y se hagan más responsables con el patrimonio natural de nuestro país.

Para el Ministerio de Ambiente esta alianza es muy importante para avanzar en educación ambiental, no sólo con la comunidad educativa del Minuto de Dios, sino es el primer paso para adelantar en este tema en toda Colombia. “Podemos elaborar en muchas normas y políticas, pero eso no va a servir de nada sino sembramos la semilla en nuestros niños y jóvenes, para se tome en serio la responsabilidad ambiental, de la cual incluso nos habló el Papa Francisco en su visita”, afirmó el Ministro de Ambiente.


 “Esta alianza es la materialización de lo que hemos venido trabajando en educación ambiental con nuestros 26.000 niños a nivel nacional, con quienes trabajamos en 34 instituciones a todo lo ancho y largo del país. Colombia es nuestra casa, es un paraíso y cuidarla es una gran responsabilidad que tiene su raíz en la educación y en la ética ambiental, y que no se quede solo en los colegios sino que se extienda a las familias”, aseguró el director ejecutivo de la Corporación Educativa Minuto de Dios.

Senado escucha masivo reclamo por una Colombia sin asbesto

Audiencia pública por iniciativa “Ana Cecilia Niño”

La audiencia pública, solicitada por la Comisión Séptima del Senado, tuvo lugar en el marco del tratamiento del proyecto de ley “Ana Cecilia Niño”, que pretende la prohibición del asbesto en Colombia. El encuentro contó con la participación del Viceministro del Interior, delegados de los Ministerios de Salud, Medio Ambiente y Trabajo; organizaciones ambientales y civiles, académicos, familiares de víctimas y médicos. Fue organizado con el fin de que todas las partes involucradas en el tema pudieran exponer sus argumentos a los senadores.

 Desde el Ministerio de Salud, señalaron a los legisladores que "las enfermedades relacionadas con asbesto son, dentro de las enfermedades no transmisibles, en las que más prestamos atención como gobierno nacional. Por eso creemos que, como medida preventiva, se debe prohibir el asbesto y darle continuidad positiva a este proyecto de ley".

Por su parte, el Ministerio de Ambiente, en su exposición hizo referencia a la actividad extractiva del asbesto en el país: “Estamos comprometidos hacer acompañamiento a la transición de las minas de asbesto, en cuanto a licencias de ambiente y de exploración para que tengan el menor impacto ambiental".

Silvia Gómez, representante de Greenpeace en Colombia, expuso la postura de la ONG ambientalista, la preocupación internacional que existe por el futuro del proyecto de ley y advirtió sobre la importancia de prohibir esta sustancia tóxica: “Estamos acá para alertar una vez más sobre el peligro de que Colombia siga produciendo materiales con asbesto. Las empresas hacen uso de este material porque es barato, sin embargo los costos humanos son altísimos. No podemos permitir que los beneficios económicos de las grandes empresas de la construcción vayan en detrimento de la salud de los ciudadanos. Continuar invirtiendo en asbesto es ganancia para pocos hoy, cáncer para muchos mañana”.

Sumando antecedentes a los argumentos expuestos en la sesión, la senadora Nadia Blel, argumentó que “el Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Cancerología otorgaron datos que dejan en clara evidencia el vínculo del asbesto con las enfermedades cancerígenas”.

En medio de las posturas críticas hacia el asbesto, el representante Asociación Colombiana de Fibras (ASCOLFIBRAS), Jorge Estrada, fue un defensor del uso de la sustancia. El vocero, que busca que la iniciativa no prospere, minimizó el efecto del asbesto en la salud y expuso que esta problemática no es un caso de salud pública.

Frente a esas declaraciones, la vocera de Greenpeace se mostró impactada: “Es la actitud negacionista constante a la cual el sector nos tiene acostumbrados. Es lamentable que no puedan asumir las responsabilidades de su actividad y brindar respuestas que colaboren en la remediación de esta situación”.

Por su parte, Cecilia Riaño, familiar de una de las víctimas del asbesto, reaccionó ante la ponencia del director de ASCOLFIBRAS y le consultó de manera directa si es que prioriza a la industria por sobre la vida. “Las víctimas en mi familia no son sólo cifras, son casos reales”, expresó.

Otorgada Acreditación de Alta Calidad al programa de Administración Pública Territorial- APT de la ESAP.

 El Ministerio de Educación Nacional MEN, otorgó la Acreditación de Alta Calidad al programa de Administración Pública Territorial de la Escuela Superior de Administración Pública-ESAP.


Para la comunidad esapista, en cabeza de su Directora Nacional Claudia Marcela Franco es motivo de alegría y orgullo el buen concepto emitido por el Consejo Nacional de Acreditación CNA y la decisión del Ministerio de Educación Nacional MEN que reconoce el trabajo continuo de docentes, estudiantes, funcionarios, egresados y de cada una de las personas que han hecho parte de este exitoso proceso que nos compromete a seguir trabajando cada día por la calidad y la excelencia.

La Resolución del Ministerio de Educación Nacional Nro 24269 del 8 de noviembre de 2017 destaca el concepto del Consejo Nacional de Acreditación-CNA, que enumera diversos aspectos positivos entre los cuales se destaca:
El impacto social que tiene el programa dado que su modalidad a distancia permite que se imparta en varias regiones del país.

Además el Ministerio de Educación Nacional menciona que el programa Administración Pública Territorial, modalidad a distancia, sede Bogotá cuenta con Registro calificado renovado por un periodo de (7) siete años a partir del 05 de julio del 2013 y otorga la Acreditación de Alta Calidad por un periodo de (4) cuatro años a partir de la fecha de la Resolución


 La ESAP promete continuar trabajando en pro del mejoramiento continuo en cada una de sus áreas y sedes regionales, comprometida con la Paz y el Posconflicto.

La competencia de la JEP: un complejo escenario de disputas

Los acuerdos firmados en La Habana se están renegociando. Unos sectores celebran y otros se lamentan, pero: ¿qué decía el Acuerdo, qué dijo el Congreso y que decidió la Corte Constitucional? ¿Qué queda de esta justicia y para dónde vamos?       
Camilo Ernesto Bernal*




La renegociación- jurídica- del Acuerdo Final

En uno de sus libros más destacados Postguerra. Una historia de Europa desde 1945, el brillante historiador Tony Judd recordaba que la historia debe aprenderse y reaprenderse de manera periódica: “En un conocido chiste de la era soviética, un oyente llama a Radio Armenia para hacer una pregunta: «Es posible predecir el futuro?» Respuesta: «Sí, no hay problema. Sabemos exactamente cómo será el futuro. Nuestro problema es el pasado, que siempre está cambiando».
De manera similar, Colombia está experimentando un proceso de renegociación del Acuerdo “Final”. Esta renegociación se refiere sobre todo a las fórmulas jurídicas para resolver nuestro pasado y gira en torno a la competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP): ¿quiénes deben someterse a la justicia expresamente diseñada para “la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”?    
Nuestro problema es el pasado, que siempre está cambiando.
Lo que a primera vista parece una caprichosa disputa jurídica de varios poderes públicos sobre el juzgamiento de terceros civiles, agentes del Estado, militares y guerrilleros en la JEP, en realidad tiene profundas consecuencias para el esclarecimiento de verdad sobre los crímenes ocurridos en el conflicto, así como para la determinación de las responsabilidades y las sanciones por estos hechos.
¿Cuál es, entonces, el contenido de la disputa?

Lo que dice el acuerdo

Acto simbólico a las víctimas del conflicto armado. 
Foto Ministerio de Interior

Al diseñar el sistema de justicia transicional, las partes en la mesa de negociación partieron de una premisa básica y en efecto indiscutible: el conflicto armado interno de Colombia había incluido una profunda degradación de las prácticas de la guerra, que habían arrastrado a muchos otros actores estatales y no estatales a participar directa o indirectamente en las hostilidades.
En consecuencia, las dos partes acordaron que todos aquellos que de manera directa o indirecta (Acuerdo Final, página 146) impulsaron, financiaron o se favorecieron con la violencia del conflicto, ya fueran agentes del Estado o civiles, se someterían a la JEP y a los demás mecanismos de justicia transicional, para aportar verdad plena, y con ello, obtener un tratamiento más benigno en materia penal e incentivar el esclarecimiento pleno de los hechos como una manera de atender los derechos de las víctimas y establecer responsabilidades.

La reforma constitucional

Para dar cumplimiento al Acuerdo, el Congreso tramitó el Acto Legislativo 01 de 2017, donde se incorporó a la Constitución el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.
Como tuve ocasión de anotar en esta revista, el trámite de ese acto legislativo  tuvo lugar en medio de un debate amargo, donde algunas bancadas parlamentarias presionaron para evitar que empresarios, gobernadores, alcaldes y otras personas fueran llamadas por la JEP a responder por hechos delictivos en los que hubiesen tenido una “participación determinante” (esto es, una acción eficaz y decisiva para la realización de tales delitos).
La reforma constitucional aprobada estableció que:
·       “Las personas que, sin formar parte de las organizaciones o grupos armados, hubieren contribuido de manera directa o indirecta a la comisión de delitos en el marco del conflicto podrán acogerse a la JEP y recibir tratamiento especial” (Artículo transitorio 16).
·       El tratamiento diferenciado para agentes del Estado se aplicaría a aquellas personas que “al momento (sic) de la comisión de la presunta conducta criminal estuviere ejerciendo como Miembro de las Corporaciones Públicas, como empleado o trabajador del Estado o de sus Entidades Descentralizadas Territorialmente y por Servicios”, con la condición de que “hayan participado en el diseño o ejecución de conductas delictivas, relacionadas directa o indirectamente con el conflicto armado” (Artículo transitorio 17).

Procuraduría decretó prescripción de acción disciplinaria a favor de mayor del ejército

Fuente: PGN.- La Procuraduría General de la Nación decretó la prescripción de la acción disciplinaria a favor del mayor César Augusto Botia Ramos, en su condición de director del Centro de Reclusión de Tolemaida (CRM), por presuntas irregularidades en este centro, como privilegios no autorizados a los detenidos en el lapso comprendido entre el 2010 y 2011.

El oficial estuvo investigado por al parecer admitir visitas en días y horarios no permitidos para algunos internos del CRM, tolerar la no asistencia a los conteos, y autorizar la implementación de negocios productivos con ánimo de lucro.

El ente de control también decretó el archivo del expediente y no compulsar copias a la veeduría, porque el cargo por el cual se investigaba al mayor Luis Carlos Burbano López no prosperó, por lo que decidió absolverlo de responsabilidad disciplinaria, de acuerdo con la providencia de fecha 18 de enero de 2015, y confirmada en decisión de Sala Disciplinaria el 12 de enero de 2017.

Como delito de lesa humanidad reconoce fiscalía tortura y persecución contra periodista colombiana

El caso de la periodista colombiana Claudia Julieta Duque, quien fue perseguida y torturada psicológicamente en 2001 y 2004, fue calificado por la Fiscalía General de la Nación como un crimen de lesa humanidad.

Por Paola Nalvarte.El organismo ha emitido una resolución de acusación contra el exsubdirector del ahora desactivado Departamento de Administración de Seguridad (DAS), Emiro Rojas Granados (2002-2005), y Néstor Pachón Bermúdez, exdetective de Inteligencia de la misma entidad, según un comunicado del sitio Equipo Nizkor.
Según el medio El Colombiano, la Fiscalía 189 de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos dijo en su escrito de acusación que llamó a juicio a Rojas Granados “por los delitos de concierto para delinquir agravado y tortura agravada en contra de la periodista, quien fue perseguida y sometida a graves actos de tortura psicológica por su investigación del caso del homicidio del también periodista Jaime Garzón Forero, ocurrido en 1999”.
En ese sentido, la Fiscalía decretó la imprescriptibilidad de la acción penal del caso.

Según Equipo Nizkor, este sería el mayor avance en su caso y el primero del DAS en ser reconocido como crimen de lesa humanidad bajo el derecho penal internacional.

Partido Liberal aceptó reducción del tamaño de la consulta

La Consulta Liberal se realizará 4.381 puestos de votación y 10.000 mesas de votación

 Luego de una serie de conversaciones entre la Registraduría Nacional y el Partido Liberal, este último aceptó la reducción en el tamaño de la consulta popular teniendo en cuenta las dificultades fiscales señaladas por el Ministro de Hacienda, anunció el Registrador Nacional Juan Carlos Galindo Vácha.

El funcionario manifestó que “los 85 mil millones de pesos, estimados inicialmente, contemplaban la organización de una jornada con 11.001 puestos de votación en 30 mil mesas. Sin embargo, el expresidente Cesar Gaviria Director del Partido Liberal, aceptó la reducción en la dimensión de la consulta, así: 4.381 puestos y 10 mil mesas de votación. Esto significa que se redujo el tamaño de la consulta en un 40%”, explicó el Registrador Nacional
.
En consecuencia, la consulta del Partido Liberal se llevará a cabo únicamente en las cabeceras municipales y con la eliminación de algunas herramientas que normalmente se utilizan en elecciones ordinarias, tales como biometría, el aplicativo de información a los votantes, y el preconteo, lo cual ayudó a bajar los costos.  “El hecho de no instalar puestos de votación en zonas rurales contribuye también significativamente a reducir los costos, pues en estos lugares la logística es mucho más compleja y costosa en lo relacionado con transporte, conectividad y desplazamiento de talento humano”, aclaró el Registrador Nacional.

La consulta liberal se llevará a cabo el próximo domingo 19 de noviembre de 2017 entre las 8:00 a.m y las 4:00 p.m.

MinTIC presenta al Congreso el Proyecto de Ley para crear un organismo regulador convergente

eje21.- La Cartera radicó el Proyecto de Ley con el cual se busca transformar a la CRC en la Comisión de Comunicaciones, la cual tendrá competencias respecto de las TIC, la TV y la radiodifusión sonora.


Promover la convergencia entre las TIC, la televisión y la radiodifusión sonora, es la base del Proyecto de Ley que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) presentó al Congreso de la República.

Con esta iniciativa se busca que el regulador responda a las dinámicas actuales del sector, y se facilite el relacionamiento entre los agentes del mismo, así como entre los usuarios y el Estado. Para ello, el proyecto define la creación de un organismo regulador convergente, independiente, que ejerza competencias respecto a las TIC, la TV y la radiodifusión sonora, el cual nacerá de la transformación de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) en una agencia nacional estatal, de naturaleza especial, denominada Comisión de Comunicaciones. Así mismo, se establece la liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) y la distribución de las competencias en materia de televisión y radiodifusión sonora.

Avianca vs. ACDAC: historia de una huelga inusitada

Adriana Camacho Ramírez*- razonpublica.- El conflicto entre Avianca y sus pilotos ha estado marcado por las irregularidades y las dilaciones. Aquí una explicación de los detalles legales de una huelga que está afectando a muchos colombianos y de lo que cabe esperar en los próximos días.

 Cómo deben tramitarse los conflictos laborales


El derecho de los trabajadores a negociar libremente mejores condiciones con sus empleadores es un principio fundamental del derecho laboral y una consecuencia obvia de su derecho a formar sindicatos.   
En la legislación colombiana la negociación colectiva de los trabajadores empieza con la presentación del pliego de peticiones del sindicato y concluye con la firma de una convención colectiva acordada entre las partes o, en su defecto, con un laudo arbitral pronunciado por un tribunal de arbitramento.
Las partes siempre deben intentar un acuerdo sin acudir a los árbitros, ya que son ellas quienes conocen realmente la empresa y su situación en el momento del conflicto. La ley concede un término para esa etapa de acuerdo directo y para cada etapa del proceso en aras de que el conflicto no se prolongue indefinidamente y de minimizar los daños que este ocasiona.
Huelga ilegal 
Ministra de Trabajo, Griselda Restrepo.
Foto: Ministerio de Trabajo

El conflicto colectivo que negocia Avianca ha sido un caso muy particular en Colombia, no solo por su importancia económica y por las consecuencias para la ciudadanía, sino porque se ha realizado de manera irregular al no seguir el procedimiento que la ley establece para su solución.  

Durante la etapa de arreglo directo no se logró un acuerdo entre Avianca y la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (ACDAC). Por esa razón debía convocarse un tribunal de arbitramento que resolviera sobre los puntos aún en discusión; ese es el paso a seguir en una negociación iniciada por un sindicato minoritario como ACDAC.
El transporte aéreo es un servicio público esencial, la huelga en el caso de quienes prestan este servicio está prohibida.
Pero las directivas de la ACDAC convocaron una Asamblea de los sindicalizados para votar sobre la huelga, lo cual está prohibido en el caso de sindicato minoritario, pues quien se va a huelga es la empresa misma y la decisión debe ser de todos los trabajadores, de modo que todos deben tener derecho a votar y a decidir si quieren una suspensión colectiva del trabajo.
Por eso mismo – y en virtud del Artículo 39 de la Constitución que sujeta el funcionamiento de los sindicatos “al orden legal y a los principio democráticos”-, para poder tomar la decisión de ir a huelga debían haber sido convocados a asamblea los cerca de 8.500 trabajadores directos de Avianca. La decisión debía estar respaldada por el voto de la mitad más uno de los trabajadores. No obstante, hubo solo 260 votos a favor de los 4.251 que tendrían que haber sido.
Además, el transporte aéreo es un servicio público esencial, como lo indican la Ley 336 de 1996 y la jurisprudencia de la Corte Constitucional (sentencias C-450 de 1995 y T-987 de 2012), de manera que la huelga en el caso de quienes prestan este servicio está prohibida.

La disputa

A pesar de lo anterior la ACDAC entró en huelga el 20 de septiembre. Avianca interpuso la demanda por declaración ilegal de la huelga ante el Tribunal Superior de Bogotá, que se pronunció muy pronto y declaró su ilegalidad el 6 de octubre.

Juez ratifica medida no privativa de la libertad contra 18 concejales de Floridablanca (Santander)

Un juez del circuito de Bucaramanga (Santander) ratificó la medida no privativa de la libertad impuesta a los 18 concejales del municipio de Floridablanca, el pasado 15 de julio, por parte de un juez con función de control de garantías.

En esa fecha la Fiscalía les imputó cargos por prevaricato por omisión y, para algunos de concejales, otros delitos como fraude procesal y prevaricato por acción.

La investigación se relaciona con las presuntas inconsistencias en la elección del Contralor y Personero, en el año 2016.


La apelación sobre la medida la realizó la defensa de los imputados y en los próximos días el ente acusador presentará el escrito de acusación, para continuar con las etapas procesales.

Importante.

Luz verde al proyecto de ley contra la violencia vicaria

 Con un amplio apoyo de distintos sectores fue aprobado en primer debate el proyecto de ley que busca que la violencia vicaria, entendida co...

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