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El ICA hace un llamado a los viveros para que cumplan con el debido registro

El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, seccional Valle, hace un llamado a los viveristas de la región para que inicien el proceso de registro, el cual depende del tipo de material vegetal que producen o comercializan.

Actualmente la seccional tiene un reporte con la existencia de 234 viveros en todo el departamento. En lo corrido del año los funcionarios han visitado 180 igualando la cifra del año anterior y se han detectado 64 viveros nuevos. Hasta el momento solo cuentan con registro ICA 83 viveros distribuidos entre especies ornamentales, frutales y otras especies (como cacao, forestales y hortalizas).

En el 2014 aumentó la cantidad de municipios con presencia de viveros dedicados a la comercialización de material de propagación de ornamentales, cuyo mercado objetivo son las casas familiares y jardines. La tendencia de los viveros es a dedicarse más a la comercialización, dejándoles a viveros de tradición y especializados la producción del material vegetal.

Según el Ingeniero Agrónomo de la seccional Valle, Iván Darío Echeverri “el registro ICA se debe cumplir como requisito para respaldar el manejo fitosanitario que se tiene en el vivero y opera como calidad asegurada del material vegetal que se está produciendo, distribuyendo o comercializando”. Echeverri puntualizó que: “la invitación es para que se registren ya que es un requisito de ley que trae muchos beneficios y a partir de esto el ICA se vuelve un socio estratégico, enmarcándonos en un concepto legal que nos favorezca a todos”.
Para iniciar el trámite de registro entre los requisitos que el usuario debe presentar están la acreditación de tenencia de la propiedad, una representación legal, documentos de identidad o NIT (Número de identificación tributaria) si es persona natural o jurídica y el listado de las especies que se producen o comercializan.

Datos de interés:
Registro por resolución 0970 de 2010, marco general de la producción y comercialización de semillas, con vigencia indefinida.
Registro por resolución 0492 del 2008, especifico para viveros que comercializan especies ornamentales, con una vigencia de dos años y de carácter renovable.
Registro por resolución 3180 del 2009, para viveros productores y distribuidores en especies frutales.

Importante.

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